Decretan Ley para Protección a Personas en procedimiento penal

Con la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal, se protegerán los datos de quienes colaboren con el programa y garantizará la aplicación de medidas de protección para que durante el proceso penal se reserve su identidad en las diligencias en que intervenga

El día de mañana el Diario Oficial de la Federación, publicará la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal, que prevé la creación de un Centro Federal de Protección a Personas, como órgano desconcentrado y especializado de la Procuraduría General de la República.

Asimismo dicha ley contará con autonomía técnica y operativa del Programa Federal de Protección a Personas.

En un comunicado se informó que de esta forma, se protegerán los datos de quienes colaboren con el programa y garantizará la aplicación de medidas de protección para que durante el proceso penal se reserve su identidad en las diligencias en que intervenga.

Por lo anterior se evitará que en las actas se haga mención expresa de los nombres de las personas que colaboran con el programa; además, se hará uso de métodos que imposibiliten su identificación visual o auditiva.

Podrán incorporarse al programa víctimas, ofendidos, testigos, testigos colaboradores, peritos, policías, ministerio público, jueces y miembros del Poder Judicial, o quienes hayan colaborado eficazmente en la investigación o el proceso; quienes se incorporen no pueden condicionar su ingreso o estadía en el mismo.

Una vez que forma parte del Programa, la persona adquiere obligaciones, tales como abstenerse de informar que forma parte del programa o divulgar información del funcionamiento del mismo; abstenerse de asumir conductas que puedan poner en peligro su seguridad y la del Programa.

La solicitud de ingreso al Programa se realizará ante el Centro Federal de Protección a Personas, donde se recibirán y analizarán las solicitudes de incorporación, en la que el Ministerio Público informará la importancia de la intervención de la persona en el procedimiento penal.

En circunstancias de amenaza o peligro, aunque haya concluido el proceso penal e impuestas las sanciones del caso, se podrá extender la continuación de las medidas de protección.

El programa operará con los recursos que se le asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y la Ley entrará en vigor a los 180 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

FUENTE:RadioFórmula