La gestora de la piscina podría haber violado la ley de protección de datos

 

Cuando parecía que las aguas volvían a correr más o menos tranquilas después del anuncio hecho por el director general de Emerxencias e Interior, Luis Menor, y el alcalde, José López, sobre el proceso de licitación de la piscina climatizada de A Estrada para el cambio de gestora a partir del 31 de junio de 2015, incluyendo la creación de dos pistas de pádel, la polémica ha vuelto a saltar. En los últimos días se ha conocido la decisión de la Agencia Española de Protección de Datos tras la reclamación de diversos usuarios por la instalación de cámaras de seguridad en diferentes zonas del inmueble que, entendían, vulneraban sus derechos.

En el escrito emitido por esta agencia estatal se tipifica como infracción grave la colocación de estas cámaras por la empresa Y tú que haces S. L., y en concreto se hace especial referencia a dos de estos elementos «en el presente caso, del análisis de la documentación que forma parte del expediente, nos encontramos con que dos de las cámaras que forman el sistema de videovigilancia denunciado visualizan zonas donde se realiza ejercicio físico o zonas de baños. En estos espacios, por su propia naturaleza, las personas llevan a cabo actividades cuya captación gráfica puede afectar a los derechos a la intimidad y el derecho a la propia imagen de los afectados además del derecho a la protección de sus datos personales». Tras esta reflexión hecha por la Agencia Española de Protección de Datos el organismo decide considerar que «la grabación de imágenes de personas identificadas o indentificables en estos espacios resulta desproporcionada en relación con la finalidad que se persigue. Hay que tener en cuenta además que muchos de los usuarios de la piscina son menores de edad que deben de ser sujetos de una especial protección». Esto es considerado como una infracción grave según el artículo 4 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y la sanción que se relaciona con esta falta oscila entre los 40.001 y los 300.000 euros.

Por ahora no implica sanción

 

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