Las cámaras de los buses esquivan a la Comisión de Videovigilancia.

Suenan las alarmas: La puesta en funcionamiento de las cámaras de seguridad en los diez nuevos autobuses urbanos que circularán a partir de la próxima semana por la ciudad conlleva una serie de trámites administrativos para garantizar los derechos y libertades de los cientos de usuarios diarios aunque no serán tan estrictos como los que se han requerido para su instalación en las zonas de ocio.


Por de pronto no tendrán que superar el filtro de la Comisión de Garantías de Videovigilancia de Castilla y León, que preside el presidente del Tribunal Superior de Justicia, José Luis Concepción. Según los datos facilitados por la Subdelegación del Gobierno, únicamente será necesario comunicar la instalación de las cámaras a la Agencia de Protección de Datos y colocar carteles en los autobuses alertando de que es una zona videovigilada. También deberá garantizarse que no graben fuera del vehículo.


Los nuevos autobuses cuentan con cuatro cámaras, dos en la zona delantera y otras dos en el pasillo, de modo que los conductores puedan ver a los usuarios que suben y cuando salen por la puerta central, lo que mejora la seguridad. «Las cámaras están instaladas pero no se pondrán en marcha hasta que recibamos todos los permisos correspondientes porque se deben hacer unas comprobaciones de la zona que graban para garantizar la privacidad», indicó el concejal responsable del Servicio de Autobuses, Esteban Rebollo.


Cada vez son más las ciudades que optan por instalar cámaras en el transporte público, donde la persona que más autoridad tiene, es el conductor, que al mismo tiempo debe estar atento a la conducción y no a lo que pasa dentro del interior del autobús, lo que en algunas ocasiones hace muy difícil mantener cierto nivel de seguridad. Con estos dispositivos se pueden evitar situaciones de enfrentamientos entre conductores y pasajeros, prevenir robos o actos de vandalismo.


También mejoran el trabajo de los conductores al poder ver con mayor claridad cuando suben los pasajeros al vehículo y cuándo se bajan para el cierre de puertas.


Su implantación está regulada por la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto y las grabaciones que se realicen con las cámaras deberán destruirse en el plazo de un mes desde su captación.

Fuente: diariodeburgos