Los cambios de nuestra sociedad junto con la evolución de la informática, facilitan la gestión masiva de la información relativa a las personas. Todo ello ha supuesto que se genere un nuevo derecho de las personas a la protección de datos de carácter personal.

El actual proyecto que modifica la Ley Nº 19.628 sobre Protección a la Vida Privada y Datos de Carácter Personal tiene el objetivo de reforzar las garantías en el uso y tratamiento de la información de carácter personal.

A nivel de empresas, es necesario que el personal que opera con los datos personales esté correctamente formado y concienciado en base a la normativa de protección de datos, medios técnicos, por el cual se implementarán los diferentes sistemas de información de las empresas y proveedores de servicios que operan con datos personales.

Muchos se podrían preguntar si la implementación de esta nueva normativa afectaría los sistemas ya establecidos en Chile para la transmisión de datos entre las empresas. En mi opinión, debido a que vivimos un mundo globalizado en el que la transmisión de datos entre países es absolutamente necesaria para poder comerciar, es imprescindible que en Chile se implemente y endurezca dicha normativa para que éste sea un país que genere confianza y muestre garantías a compañías internacionales a la hora de enviar informaciones personales con algún fin determinado.

Dentro de los aspectos más relevantes de este proyecto se puede destacar el deber de información en el uso, finalidades y comunicación de datos en el momento de la recopilación de la información personal, porque cada individuo es responsable de sus propios datos personales, y como tales se requerirán su consentimiento expreso, previo e informado para el tratamiento de los datos.

En caso de incumplimiento son varias las sanciones que recibirían las empresas. Por ello, se establece una categorización de las infracciones que será de leves, graves y gravísimas, con unas sanciones económicas que van de 1 a 1.000 UTM

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FUENTE:Estrategia