Una ley de protección a la intimidad y a los datos personales fue rechazada por Comisión de Justicia y estructura del Estado.


Dicha Comisión de la Asamblea Nacional pidió su archivo.La iniciativa buscaba mantener en reserva y bajo protección todos los datos personales sensibles que ahora están visibilizados a través de distintas instituciones públicas y privadas.

En efecto en la actualidad existen datos personales de todos los ecuatorianos en el Registro Civil, en el Régimen Patrimonial Inmobiliario, instituciones tributarias, de seguridad social, prestación de servicios de salud, propiedad de vehículos, propiedad intelectual, municipalidades, función Judicial, instituciones educativas en todos sus niveles, registros telefónicos o de consumo de servicios como agua y electricidad.

Según la propuesta todos estos registros no deben publicitarse sino mantenerlos en reserva y protegidos ya que tienen el carácter de sensibles, especialmente aquellos que están en la base de datos de bancos, entidades financieras y otras empresas de diversa naturaleza que ceden datos personales  que, a veces, resultan de utilidad y en otros casos perjudiciales debido a la inseguridad, dando incluso lugar a un comercio ilegal de datos.

Otra amenaza a la intimidad y a los datos personales son innovaciones de las tecnologías de la información y comunicación. La velocidad de transmisión, almacenamiento de datos y el abierto y libre acceso a la información se da facilidad de acceso, conocimiento de datos personales y el uso ilícito de éstos por terceros.

La citada Comisión propuso el archivo del proyecto por errores en la propuesta de los tipos de medios de protección como los derechos de rectificación, protección civil y de protección pena y por inconstitucionalidades.

En el caso del derecho de rectificación, si una persona es sujeto de información errónea, podrá solicitar una publicaciòn de correción en medios masivos de comunicación, rectificación ya prevista por la acción de habeas data.La protección civil se remite al  Código Civil a modo de normas en blanco para que se cumplan acciones tales como las resarcitorias de daños y perjuicios cuando se han producido perjuiccios materiales en vía verbal sumaria. Aquí se refiere también a la acción civil resarcitoria de daños inmateriales bajo la figura de compensaciones, indemnizaciones pecuniarias de daño moral en via ordina; acciones civiles perfectamente determinadas en la legislación ordinaria nacional y de uso común.

El derecho a la protección penal a la que habrá en los casos más graves, esto es, cuando se incurra en delitos de injurias, calumnias o que atenten a la intimidad. Otra vez, se hace remisión en blanco a otros cuerpos normativos, esta vez al Código Penal y Código de Procedimiento Penal, para que a través de estas normas se cumpla el derecho a la protección penal,dice el informe que pide el archivo. Dentro de este derecho de protección  el proyecto traía consigo, conectada la propuesta en el capítulo de sanciones, la inserción de varios tipos penales.

Finalmente se señala que la ley incurriría en incostitucionalidad del artículo 57, porque se insertan en el Código Penal varios tipos penales tales como: La persona que insertara o hiciere insertar a sabiendas datos falsos en un archivo, registro o banco de datos personales, será reprimido con la pena de prisión de dos meses a dos años. La pena será de seis meses a tres años, cuando se proporcione a un tercero a sabiendas de información falsa. La pena se aumentará en la mitad del mínimo y del máximo, cuando el heccho cause perjuicio a una persona.

Según la comisión, la efectiva protección del derecho a la intimidad y protección a los datos personales se cumple a través del habeas data y a través del artícullo 7 de la Ley Orgánica de Garantias Jurisdiccionales y Control Constitucional y los tratados internacionales de derechos humanos.

La acción de habeas datas permite conocer si existe o no algún tratamiento de su datos personales, la finalidad del tratamiento, la categoría de los datos, los destinatarios de los datos tratados si hay cesión, el origen de la captura de los datos, los medios que tiene para hacer valor sus derehos de rectificación y cancelaciòn de los datos,concluye en su informe de rechazo a la propuesta parlamentaria.

FUENTE:Radioequinoccio.com