El INDOTEL aprobó el reglamento que protege la libertad de expresión, respeto a la vida privada, hogar, correspondencia y el derecho a la protección de datos de carácter personal


SANTO DOMINGO.-El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) aprobó un reglamento para aplicar la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

El mismo protege la libertad de expresión, respeto a la vida privada, hogar, correspondencia y el derecho a la protección de datos de carácter personal.  Fue elaborado en cumplimiento al artículo 56 de dicha ley que pone a cargo de la entidad la creación del mismo para la obtención y preservación de datos e informaciones por parte de los proveedores de servicios.

“Desde su aprobación en el año 2007, la Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología ha servido como marco de protección de los sistemas y usuarios que utilizan tecnologías de información y comunicación”, indica la Gerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones del INDOTEL.

Señala que los proveedores de servicios tienen la obligación de conservar los datos de tráfico, conexión y acceso, en la medida en que son generados por los usuarios por un período de tiempo que no inferior a 90 días ni superior a dos años, a partir de la fecha de su generación y conservación.

Indica que los datos serán conservados con el fin de que puedan ser utilizados en las pesquizas para la solución de crímenes y delitos de alta tecnología.

INDOTEL informa que el reglamento incluye una serie de obligaciones a cargo de los propietarios de los centros de acceso público como los cibercafés y Puntos de acceso público (Wifi HotSpots).

Compromisos

e)       Mantener un registro de los usuarios de internet, no inferior a noventa 90 días;

f)       Prohibir el acceso a páginas de Internet, chats, portales o cualquier programa de contenido de material de abuso infantil;

g)       Implementar programas y aplicaciones de seguridad en sus redes y sistemas;

h)       No permitir el acceso de usuarios “anónimos”, aun cuando el servicio sea gratuito.

Los  propietarios de dichos centros tienen un plazo de un año a partir de la entrada en vigencia del reglamento para adecuar e implementar las medidas y mecanismos de seguridad necesarios para el cumplimiento de las obligaciones establecidas.

 

FUENTE:Almomento.net