Para ser agente de seguridad privada basta con haber estudiado hasta sexto grado y aprobar una capacitación que ofrece la Academia Nacional de Seguridad Pública, así como  contar con un permiso de portación de armas de fuego. De ninguna manera es requisito haber sido soldado o policía, aunque por supuesto debe saber manejar un arma.

Una agencia de seguridad debe estar autorizada por la Dirección General de la Policía Nacional Civil y estar debidamente asentada en el Registro de Comercio.

En El Salvador hay decenas de agencias de seguridad que pagan a sus empleados salarios que oscilan entre $200 y $400 dólares, dependiendo del cargo y el tiempo de experiencia. La  mayoría paga a sus empleados el salario mínimo urbano.

Toda empresa de seguridad debe tener contratado un servicio de seguro por daños a terceros, es decir por los daños que puedan generar sus empleados o los mecanismos de seguridad que utilizan, como los carros blindados que transportan productos, objetos o dinero bajo la responsabilidad de la empresa.

La Ley de Servicios Privados de Seguridad aprobada en diciembre de 2000 establece los requisitos de las empresas de seguridad, las cooperativas de vigilantes, los servicios propios de protección de patrimonio y las agencias de investigación privada, las que ejercen labores de seguridad, pero bajo la estricta aplicación de las leyes de la república.

Precisamente, la Constitución de El Salvador establece que la única institución responsable de la seguridad pública en el país es la Policía Nacional Civil; sin embargo, en su facultad de ciudadano, cualquier salvadoreño puede proceder a la detención de un sujeto en los momentos en que éste comete un delito o posterior a que lo haya cometido.

No obstante, todo ciudadano, independientemente de su desempeño civil, tiene que notificar a la PNC sobre la detención, porque es dicha institución la que realizará los procedimientos de ley establecidos que  incluye la remisión a la Fiscalía que efectuará el trámite correspondiente ante los tribunales.

En ese sentido, hasta los efectivos del ejército están obligados a reportar a la PNC la detención de un sospechoso o delincuente detectado en flagrancia, tal como sucede actualmente en los centros penales. Los soldados capturan a personas por intentar introducir objetos prohibidos a los penales, pero los reportes de detención, especificando las circunstancias, los elaboran los agentes policiales.

Contratos con agencias de seguridad

Las agencias de seguridad funcionan teniendo contratos con otras empresas, instituciones públicas y privadas y con organismos legalmente establecidos, por ejemplo las organizaciones no gubernamentales o las juntas vecinales.

Generalmente son contratadas para prestar servicios de seguridad particular, en áreas o establecimientos específicos, del cual, por mandato empresarial no puede tener responsabilidad allende.

Así, si un vigilante presta servicio a un banco determinado, no tiene potestad para garantizar la seguridad en otro banco contiguo, aunque como ciudadano puede actuar en cualquier momento si observa la comisión de un delito.

Jorge Bolaños, supervisor de una agencia de seguridad, asegura que a sus empleados les dan la orden para que no se “entrometan” en problemas ajenos a la empresa para la cual están destacados. En tal sentido, si un agente de seguridad privada está cuidando un restaurante y en una tienda contigua se comete un asalto, debe, en la medida de los posible, no involucrarse.

Por eso ocurre que en ocasiones frente a vigilantes ocurren asaltos y éstos no se meten. Un caso patético ocurrió con la muerte del estudiante del INFRAMEN, Carlos Francisco Garay, en la colonia Escalón. El muchacho murió apuñalado por un estudiante del INTI y según imágenes captadas por un fotoperiodista, al menos un vigilante solo se limitó a observar. “Es que a lo mejor él estaba prestando servicio para una empresa a la cual debía lealtad, meterse a defender al muchacho le iba a implicar un problema extra y probablemente un problema para la empresa. Lo más probable es que hasta hubiera sido sancionado”, dice Bolaños, al justificar la pasividad del vigilante.

Según Jorge A., otro supervisor, las empresas ponen las condiciones de trabajo cuando contratan a una agencia de seguridad. Ellos dicen si quieren solo mujeres, solo hombres, y generalmente piden exclusividad en la protección.

A los agentes se les da capacitación de acuerdo a la empresa o institución a la que son enviados. Para el caso, quienes son enviados a bancos se les enseña a tratar con mucho respeto a los usuarios y a estar enterado del tipo de transacciones que se realizan para orientar al público. Cada uno sabe que debe dar la vida, si es necesario, cuando la seguridad de la empresa o institución está en peligro. Los vigilantes tienen seguros de vida que oscilan entre $3,000 y $10,000 dependiendo del cargo y el tiempo.

Manuel Alas, copropietario de una agencia de seguridad de menos de 30 personas, señala que a la hora de hacer contratos, ya sea en los escritos o en los procesos de licitación se especifica la forma en que se requiere ese servicios y los protocolos de entendimiento.

Protocolos a seguir

Las acciones propias de los agentes de seguridad corren por cuenta  solidaria de la  empresas contratante y la agencia de seguridad, solo si se ejecuta en el proceso de protocolo establecido. Por ejemplo, si un vigilante mata a un hombre que está  cometiendo un asalto en la empresa  en la cual está  destacado, la empresa o institución contratante y contratada asumen solidaridad.

“Por supuesto que los agentes son capacitados para utilizar las armas como último recurso, primero debe agotar los recursos para capturar a la persona y luego seguir el protocolo avisando a la PNC”, dice Jorge A.

Los agentes de seguridad deben, también, someterse a los protocolos internos de la empresas o institución en la cual están destacados, pero antes deben avisar a sus jefes, para no caer en arbitrariedades. Manuel Alas cuenta el caso de una empresa donde le pinchaban las llantas a los vehículos que se estacionaban en el parqueo exclusivo para clientes. El encargado de pinchar los neumáticos era el vigilante. Éste fue despedido porque en el protocolo no estaba acordado y porque de ninguna manera podía realizar acciones ligadas a la delincuencia.

En el caso ocurrido el 14 de octubre en un supermercado de Mejicanos, donde  Karen Yamilet Cordero murió electrocutada después de ser llevada por dos vigilantes a una bodega, para someterla a una revisión, Manuel Alas cree que se hace necesario revisar el protocolo acordado entre las dos empresas.

A juicio de Catalino Gómez, accionista de una agencia de seguridad, la actuación de los vigilantes, hombres y mujer, no fue la acertada, porque si ellos detectaron que la mujer llevaba productos hurtados, debieron pedirle que los regresara o en su defecto llamar a testigos y avisar a la Policía Nacional Civil.

Probablemente la administración del supermercado había  dictado el procedimiento de llevar a las personas sospechosas a la bodega,  pero eso debió ser notificado a la empresa de seguridad, que a través de un supervisor tendría que haber verificado las condiciones.

En el caso de la muerte de Cordero, a juicio de Gómez, tanto la agencia de seguridad como la empresa propietaria del establecimiento deben actuar de manera solidaria, con los vigilantes procesados y por supuesto con la familia doliente.

Gómez recordó que ningún agente de seguridad privada está obligado a hacer lo que la ley no permite, porque en la práctica son ciudadanos comunes, con la diferencia de que están armados.

 

FUENTE: www.lapagina.com.sv