Las quejas a Google EE.UU. se podrán gestionar en la Agencia de Protección de Datos.

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Las quejas a Google EEUU se podrán gestionar en la Agencia de Protección de Datos

-El Tribunal Supremo ha matizado su reciente jurisprudencia, que impuso que las quejas en defensa del derecho al olvido contra Google deban presentarse ante la empresa en Estados Unidos, y ha señalado que la Agencia Española de Protección de Datos podrá intervenir en el proceso.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha insistido en que los recursos deben presentarse ante Google Inc. en Estados Unidos, pero esos recursos pueden tramitarse a través de la Agencia Española de Protección de Datos.

De este modo, en dos nuevas sentencias, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha aclarado la aparente diferencia de criterios en dos sentencias dictadas en marzo por esa misma sala y por la de lo Civil.

La Sala de lo Contencioso consideró en marzo que Google Spain no era responsable del tratamiento de datos personales que difunde, sino que lo es la matriz en Estados Unnidos.

Días más tarde, la Sala de lo Civil del mismo tribunal condenó a Google Spain a pagar una indemnización de 8.000 euros a un hombre por vulnerar su derecho a la protección de datos personales al no retirar del buscador la información sobre el indulto que se le concedió en 1999, a pesar de que el afectado lo había solicitado.

Ahora, la Sala de lo Contencioso se ha pronunciado sobre dos recursos de Google Spain contra una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos y contra una sentencia de la Audiencia Nacional que le atribuían la responsabilidad en el derecho al olvido. La responsabilidad, en EE UU El Supremo ha insistido en que la responsabilidad no le corresponde a Google Spain, sino que es de Google Inc. (en EEUU) como responsable del motor de búsqueda que realiza el tratamiento de datos, es decir, hallar la información publicada, indexarla de manera automática, almacenarla temporalmente y, finalmente, ponerla a disposición de los internautas.

Para la Sala, es la empresa en Estados Unidos quien determina los fines y medios de tratamiento de esos datos mientras Google Spain "se limita a promocionar en el mercado español la venta de espacios publicitarios que se generan en el buscador". Ahora bien, la Sala de lo Contencioso del alto tribunal ha añadido, en respuesta a la Sala de lo Civil -que consideraba un "serio obstáculo" para la efectividad de los derechos fundamentales tener que litigar en Estados Unidos-, que las reclamaciones se pueden hacer mediante un procedimiento "que no presenta dificultad o carga significativa para el interesado".

El primer paso, reclamar a la compañía, se puede hacer electrónicamente "de manera sencilla, gratuita y directa por el interesado", añade la Sala de lo Contencioso del Supremo, que recuerda que además que la empresa facilita los formularios e instrucciones para cumplimentarlos...LEER NOTICIA COMPLETA.