EL GOBIERNO puso suma urgencia al proyecto de ley que regula los datos personales y la vida privada. Es necesario avanzar en una institucionalidad moderna, adecuada y eficaz en este tema. Pero la actual propuesta tiene imperfecciones que hay que corregir. ¿De qué hablamos respecto de protección de datos? Sabemos claramente que somos dueños de un inmueble, de un auto o de los fondos para la jubilación. Pero desconocemos que somos dueños de nuestros datos personales, que tenemos que saber manejarlos.

 

Las directrices Ocde sobre protección de privacidad se refieren a todos los datos de carácter personal: “cualquier información relacionada con un individuo identificado o identificable (sujeto de los datos)”. Sobre todo se debe proteger aquella información sensible, como mi ficha médica o mis consumos de remedios; o información sobre credos  religiosos, ideología o el domicilio o localización. Hoy estamos desprotegidos, por ejemplo, respecto del tráfico de datos personales inter compañías de telefonía móvil (¿quién no ha recibido una llamada?).

 

Respecto al proyecto que hoy tiene urgencia, este establece un procedimiento judicial, que otorga mayores atribuciones al Sernac (ahora se le cuelga la protección de datos). Así, para protegerme, según la modificación enviada, se hace necesaria la contratación de un abogado. El proyecto no apunta a la creación de una Agencia de Protección de Datos o una institucionalidad especializada que apoye a los titulares de datos que sienten menoscabado un derecho, ni difunde la necesidad de conciencia sobre la protección de datos personales en la sociedad. Factores de altísima importancia, especialmente por el creciente uso de nuevas tecnologías y las redes sociales.

 

En este marco, iniciativas como la Ley de Finalidad de los Datos (conocida como “No más Dicom”) y la presentación de numerosos proyectos que buscan modificar la legislación de protección de datos, fortaleciendo los derechos de los titulares, constituyen un gran avance en la protección y privacidad de las informaciones personales. Permiten, además, el necesario cumplimiento por parte de nuestro país respecto de los compromisos asumidos al ingresar a la Ocde, principalmente respecto de la implementación en nuestra legislación de los principios propuestos por esta organización.

 

No obstante el avance que representan estas iniciativas, un tema no resuelto es la dispersión regulatoria. Se requiere de una norma que haga de paragua frente a todas las iniciativas que existen. Para ello es imperioso crear una Agencia de Protección de Datos, organismo especializado como los que hay en Inglaterra, España, Alemania, Australia. Fue un compromiso adquirido por Chile ante la Ocde y aún no ha sido cumplido. Estas agencias existen en el mundo, con distintas facultades, incluso algunas cuentan con capacidades para sancionar e involucrarse en la defensa de las personas. Es el caso del Information Commissioner’s Office (ICO) de Inglaterra, la Agencia de Protección de Datos española o la Federal Commissioner for Data Protection and Freedom of Information de Alemania.

Fuente