Tribunal Superior de Justicia de Navarra
Salud repercute la multa de 125.000 euros a los trabajadores que violaron un historial
tiene previsto iniciar el procedimiento antes de junio

La historia clínica, perteneciente a una mujer fallecida, fue vista por 419 sanitarios en 2.825 ocasiones



El departamento de Salud tiene previsto iniciar antes de junio el proceso para repercutir en los trabajadores que entraron de forma inadecuada a una historia clínica la sanción de 125.000 euros que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Navarra por el "acceso masivo e ilegítimo" a los datos de la paciente.

pamplona. La sentencia, una de las primeras resoluciones dictadas en la Comunidad Foral sobre la materia, recoge que se produjeron 2.825 accesos realizados por 419 usuarios al historial, que incluía fotografías de la paciente. Los trabajadores pertenecían a 55 servicios de diferentes centros, hospitalarios, de salud, ambulatorios, etcétera, cuando la mujer solo estuvo ingresada en un hospital y en cuatro servicios y en uno de ellos, Urgencias, lo hizo de forma breve.

Antes de iniciar el proceso para que los trabajadores se hagan cargo de la indemnización impuesta al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea al haberse producido "un funcionamiento anormal en el sistema sanitario público navarro en la medida en que ha permitido accesos ilegítimos a la historia clínica", el SNS-O deberá pagar los 120.000 euros, según explicó su director gerente, Ángel Sanz Barea, en el transcurso de la inauguración del Foro sobre Protección de Datos. "Todavía no se ha ejecutado la sanción a la que nos han condenado y hasta que no se haga no podemos iniciar las acciones para repercutirla en los trabajadores infractores. Estamos en la tramitación para hacer efectiva la sentencia y cuando lo hagamos ya podremos iniciar las acciones oportunas. Hasta que no paguemos, no podemos hacerlo", explicó.

Algunos de los expertos asistentes al acto cuestionaron que Salud pueda hacer pagar la indemnización a los trabajadores. "Legalmente no está previsto, quien debiera pagar es el Servicio Navarro de Salud. Lo que puede hacer éste es adoptar las medidas disciplinarias que considere oportunas contra las personas que accedieron de forma indebida a la historia clínica", aseguró Emilio Aced, subdirector del Registro de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Sanz Barea, sin embargo, manifestó su confianza en la legalidad de la medida. "Nosotros iniciaremos el expediente y, por supuesto, no haremos nada que no se pueda hacer, pero, por la información que nos han transmitido, en estas circunstancias podemos transmitir a los trabajadores esa responsabilidad", precisó.

De hecho, no es la primera ocasión en que la Administración repercute las indemnizaciones a los infractores, con independencia de la sanción administrativa que se les haya impuesto como consecuencia de su acción. Este tipo de infracciones están consideradas como graves y pueden acarrear una sanción de hasta quince días de suspensión de empleo y sueldo. "Adoptar medidas disciplinarias sería ejemplarizante. Suspender a una persona de empleo y sueldo tiene un coste económico", defendió la secretaria general de la Agencia Española de Protección de Datos, María José Blanco Antón

FUENTE:Noticias de Navarra