La Agencia de Protección de Datos ha resuelto la obligación del BOE de establecer robots que dificulten la indexación de los buscadores garantizando de esta manera la protección de datos personales. Desde el BOE se duda de su legalidad y de su utilidad y los expertos comparten este criterio.

El debate sobre el llamado “derecho al olvido” salta a las publicaciones oficiales. Las reclamaciones al BOE para que proteja datos personales son constantes. “Desde becados en clases de inglés hasta la lista de tribunales de oposición”, señala su director, Fernando Pérez. La polémica ha saltado por la reclamación de un indultado por estafa informática para que su nombre no fuera indexado en los buscadores. La Agencia de Protección de Datos le dio la razón y ante el recurso presentado por el BOE, la respuesta de la Agencia ha sido conminar al BOE a establecer robots.txt que bloqueen la búsqueda automática.

Desde el BOE han puesto en cuestión esta resolución. En primer lugar por el mandato del BOE de transparencia. Bloquear un nombre equivale a bloquear la lista completa y por tanto la garantía de transparencia frente a terceros de un acto administrativo. Pero es que además, el director del BOE ha dudado de que los robots.txt tengan la eficacia que persigue la Agencia: “Los robots son ineficaces porque están pensados para evitar duplicidades”. Ni siquiera el robot que transforma el texto en imagen –como el utilizado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- es eficaz, señala Pérez. Y también existen herramientas para transformar la imagen en texto y permitir la indexación.

Otra cosa es la praxis. El director del BOE señala que existe ‘de facto’ un “pacto entre caballeros” por el que los buscadores no indexan de manera automática la información de los boletines oficiales. No sólo del BOE, sino tampoco de la Seguridad Social o de la DGT.

Así, María Mas, experta en Protección de Datos de IMAdvisory, explica que “probablemente esta situación de hecho es la mejor solución; de esta manera se garantiza formalmente la debida transparencia de las bases de datos públicas, pero no se airea en una primera búsqueda datos privados tan sensibles como las sanciones de tráfico o la cotización a la Seguridad Social”.

 

FUENTE: www.intereconomia.com