Según ha sabido El Confidencial Digital, los denunciantes se pusieron en contacto con el organismo para conocer si las mudanceras estaban atentando contra sus derechos de intimidad al tomar sus datos personales de documentos oficiales de los ministerios del Interior y Defensa. La respuesta fue afirmativa y decidieron emprender acciones legales contras las empresas.

Pese a que los traslados de militares y guardias civiles son publicados en un boletín de acceso público a través de las páginas web de ambos ministerios, Protección de Datos consideró que la utilización de esa información con fines comerciales vulneraba los artículos 5.5 y 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), “al no haber sido transferidos los datos de forma directa de su dueño” y “al no haber consentimiento requerirá el consentimiento inequívoco del afectado”.

ECD ha tenido acceso a dos sentencias favorables a dos guardias civiles que denunciaron a la empresa de mudanzas Caballero por extraer datos personales de los boletines oficiales de su cuerpo. En ambos casos, los agentes recibieron una carta de la mudancera en la que se les felicitaba por su traslado a otro cargo. Posteriormente, ofrecían sus servicios.

A los beneméritos recibieron estas misivas -con su DNI, dirección y demás información reservada- antes que las propias cartas de confirmación por parte de sus mandos dentro del cuerpo, aunque desde el principio supieron que los datos habían sido extraídos del BOGC (Boletín Oficial de la Guardia Civil).

Los agentes sabían que para suscribirse al BOGC es necesario, además de pagar la cuota correspondiente, pasar el filtro de la aceptación por la autoridad competente, por lo que decidieron denunciar a la empresa de mudanzas Caballero.

La compañía pudo probar ante la Agencia de Protección de Datos que se había dado de alta en el boletín, pero no pudo evitar la multa por haber vulnerado los artículos de la LOPD antes citados. Los representantes de la empresa se comprometieron a no volver a utilizar estos mecanismos para extraer información personal y ofertar sus servicios.

FUENTE: www.elconfidencialdigital.com