La permanencia y visibilidad en Internet del pasado de alguien puede resultar muy dañina, sobre todo si esa persona, por ejemplo, cometió un delito, se ha insertado en la comunidad y el retorno machacón del pasado entorpece su nueva vida. De ahí que los ciudadanos reclamen el derecho del olvido, que Internet no les escupa este pasado, aunque sea cierto y esté documentado. Pero el borrado digital de una vida es muy difícil. El argumento recurrente es que es preferible la transparencia al misterio. Algunos casos, como la corrección de sentencias condenatorias pedirían algún remedio. Pero en Internet no se cancelan los antecedentes penales.

El problema ha llegado a la Audiencia Nacional. Google ha recurrido varias decisiones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), quien amparó la petición de varios ciudadanos de que un dato de su pasado no reviviera perpetuamente en la Red. Datos, por ejemplo, que figuran en boletines oficiales o en medios de comunicación. El debate no está en el derecho al olvido, sino en quién debe administrarlo. La AEPD sostiene que no deben hacerlo las fuentes originales que presentan el dato. Ni un boletín oficial puede hacer desaparecer una sentencia ni un medio puede ocultar una información que publicó. Ello supondría una manipulación de documentos públicos o de la hemeroteca. La obligación, en el caso de los medios, es, precisamente, no abandonar el seguimiento de una noticia, y si informó de una imputación judicial, sus lectores deben conocer igualmente cómo terminó el juicio.

La AEPD se dirige a los buscadores, en este caso Google, para que sean ellos los que eliminen el enlace a la fuente del dato. Google replica que ello supondría una censura y que sus algoritmos están para rastrear lo que hay en la Red. La empresa insiste en que hay programas gratuitos para que las fuentes informativas impidan que sus arañas de rastreo indexen el enlace. Pero resultaría paradójico que las fuentes, que no pueden ni deben alterar un enlace en el interior de su sitio, eviten una consulta externa desde un buscador. Sería un camuflaje de sus propios contenidos.

Al margen del debate judicial, una mayor inteligencia de los algoritmos de búsqueda, que pudieran establecer relaciones, hilos, sobre un mismo hecho o persona aunque se tratara de enlaces de distinta procedencia, fecha, notoriedad de la fuente... aliviaría el catálogo en casos muy determinados. Pero no cancelaría el debate.

 

FUENTE: www.elpais.com