Los vigilantes que no descansan.

La instalación de cámaras de seguridad se ha disparado en los últimos años.

No existe un registro oficial que permita saber el número de dispositivos que hay en Madrid.

Conocer el número exacto de cámaras instaladas en una ciudad como Madrid resulta casi imposible. Por un lado, las Administraciones prefieren silenciar la cifra por motivos estratégicos. Por otro, miles de empresas, establecimientos y particulares las han instalado sin que haya un guarismo resumen de la cantidad de ojos electrónicos que graban la actividad diaria de miles de personas.

Según números de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en la región había 32.200 ficheros registrados a fecha 1 de abril de 2014. ¿Significa esto que solo hay ese número de cámaras? No. Un fichero puede incorporar cientos de dispositivos aunque, a efectos legales, se considera como una sola instalación. De ahí la imposibilidad de saber el número total de esos ojos electrónicos.

Un ejemplo claro de no facilitar el número de cámaras es el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, que prefiere mantenerlo en secreto por “cuestiones de seguridad”, según fuentes del aeródromo. Se trata de un complejo mundo con cuatro terminales, un edificio satélite, cuatro torres de control y más de cuarenta kilómetros de carretera perimetral a los que se unen casi un millón de metros cuadrados de edificaciones y terminales por las que pasan millones de personas cada año. Un documento oficioso de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA, el gestor de Barajas) recoge que son más de 6.000 las cámaras que graban y vigilan todo lo que ocurre en este entramado. Todas ellas transmiten a una sala de control de altísima seguridad con acceso muy restringido.

El control de ese ciudadano anónimo que pasea por Madrid llega a los extremos más insospechados. Hace años era imposible pensar que dentro de un autobús uno pudiera ser grabado. Ahora es lo habitual en los 1.900 vehículos de la Empresa Municipal de Transportes (EMT). Cada autocar tiene entre dos —los más pequeños— o seis aparatos —los articulados— para controlar lo que ocurre en su interior. En total, 8.000 dispositivos electrónicos. “El vehículo lleva un disco duro en el que se graban las imágenes en baja resolución. Si el conductor activa la alarma, empiezan a grabar en alta resolución y se transmiten las imágenes por telefonía móvil a un centro de control”, explica un portavoz de la compañía.

En el metro ocurre casi lo mismo: 8.677 cámaras controlan todo. De ellas, 4.814 están en las estaciones, 3.140 en los trenes, y las 723 restantes en las cocheras y en los recintos de la compañía. Todas pueden visionarse en tiempo real en el puesto de control de seguridad situado en la estación de Alto del Arenal, en Puente de Vallecas. Luego hay seis centros más pequeños que vigilan dos líneas cada uno, como ocurre en Ventas o en Puerta del Sur.

“Las cámaras son muy efectivas. Solemos remitir unos 1.000 vídeos a requerimiento de la policía o de los jueces al año. Los hurtos han bajado también gracias a que los jueces están dictando órdenes de alejamiento tanto a carteristas como a grafiteros basándose en las imágenes que les facilitamos”, destaca el jefe de Seguridad de Metro, Bruno Fernández. “Esta ciudad del subsuelo”, como la llama el directivo, ha sufrido 700 ataques consumados y 1.000 tentativas de los grafiteros.

Por ley, las grabaciones tomadas por los ojos electrónicos de Metro Madrid y de los autobuses regionales deben ser borradas en un máximo de 30 días; a no ser que estas pasen a formar parte de una investigación judicial. Aunque lo normal, como se hace en ambos transportes públicos, es que las nuevas imágenes borren a las antiguas en un plazo que oscila entre los cinco y los siete días.

Pero, ¿basta con querer poner una o más cámaras para grabar o hay que cumplir unos requisitos previos? La respuesta cambia en función de si es una Administración o un particular quien la quiere instalar. Este último lo tiene, en general, más fácil para ver realizados sus deseos. Lo obligatorio es contactar con una empresa de seguridad y contratar la colocación. Eso sí, hay que darlas de alta ante la AEPD, el organismo encargado de que se cumpla la ley.

Para ello hay que respetar algunos principios: las cámaras solo pueden enfocar y grabar las áreas de su comercio o su domicilio y deben estar señalizadas. Como mínimo en los accesos a las zonas vigiladas. De esa forma la persona sabe que entra en una zona videoprotegida y se le informa a dónde debe dirigirse en caso de que quiera ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación. Se trata de esos llamativos carteles anaranjados que lucen muchas fachadas.

Algunos establecimientos, como los bancos, las joyerías y las gasolineras, están obligados por la Ley de Seguridad Ciudadana y el Reglamento de Seguridad Privada a tener un circuito cerrado de televisión.

Aunque la ley establece que bajo ninguna circunstancia los dispositivos pueden tomar imágenes de la vía pública, la Agencia es un tanto benévola cuando se trata de controlar y sancionar bancos o joyerías. “Pese a que la mayoría incumple la normativa, la práctica ha demostrado que estas cámaras son útiles para identificar a personas en casos de robo, terrorismo o secuestro”, explica Lucrecio Rebollo, profesor de Derecho Constitucional de la UNED y experto en protección de datos. El último caso renombrado fue el de Asunta, la niña asesinada en Galicia el pasado septiembre: las imágenes tomadas por las viceocámaras de un banco sirvieron para desmontar los testimonios de los padres de la pequeña.

Pero tampoco está permitido el todo vale. Existen determinados lugares que jamás podrán ser videovigilados. Es lo que ocurre en zonas denominadas sensibles, como vestuarios o servicios. Los usuarios de estas zonas pueden exigir que se retiren de inmediato porque se considera que atentan contra la intimidad y la imagen de las personas. Así le ocurrió a un gimnasio de Alcorcón. Pese a tenerlas instaladas en la zona de máquinas, la Agencia instó al centro a que las retirara por no haberlas dado de alta y por no avisar a los usuarios.

Si se trata de la Administración, caben dos opciones. En el caso de las cámaras para el control del tráfico, no es necesario pedir permiso a un organismo especializado como es la Comisión de Videovigilancia. Esta la forman el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, un delegado de la Fiscalía y otro de la Delegación del Gobierno, entre otros miembros. Como estos aparatos en lugar de grabar lo que hacen es monitorizar, pueden ser instalados sin necesidad de recibir el visto bueno de nadie.

El caso cambia cuando se opta por la videovigilancia, como ha hecho el Ayuntamiento con las cámaras de Centro. Ahí sí que hay que justificar la necesidad de su colocación.

 

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