La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife condenó al acusado a indemnizar con 300 euros a su vecino y le obligó a retirar las cámaras. La sala civil del Tribunal Supremo ha confirmado el fallo.

La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la sala Juan Antonio Xiol, considera que se ha vulnerado el derecho a la intimidad del recurrente "porque quedan grabas las entradas y salidas de su domicilio". Además, concluye, la instalación de focos de luz "con sucesivos episodios de encender y apagar es una molestia adicional que han repercutido en su salud psíquica"

FUENTE: www.cadenaser.com