La Delegación de Feria y Fiestas y la de Turismo del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra, con el objeto de contribuir al realce de las tradicionales Fiestas de las Cruces de Mayo y con el deseo de que cada rincón, plaza o calle de nuestra Ciudad sea punto de encuentro entre vecinos/as y ciudadanos/as, convoca el II CONCURSO DE CRUCES DE MAYO, a celebrar los días 13, 14 y 15 de mayo de 2011, de acuerdo con las siguientes

BASES:

Primera.- El Concurso se desarrollará durante los días 13, 14 y 15 de mayo de 2011.

Segunda.- El objeto fundamental del Concurso es la ornamentación de la Cruz, mediante plantas florales y elementos naturales o de carácter tradicional y podrán solicitarla asociaciones, colectivos, instituciones y personas físicas o jurídicas.

Tercera.- Las Cruces admitidas a concurso deberán estar completamente instaladas antes de las 20 h. del día 13 de mayo, así como toda su infraestructura. El horario de la música será el siguiente:

- Día 13 de mayo (viernes): De 20’00 a 2’00 h. del día siguiente.

- Día 14 de mayo (sábado): De 12’00 a 17’00 h. y de 20’00 a 2’00 h. del día siguiente.

- Día 15 de mayo (domingo): De 12’00 a 17’00 h.

Teniendo en cuenta que a partir de las 24’00 h. se tendrá que reducir el volumen de la música y que una vez apagada la música hay un margen de 1 hora para el cierre definitivo, por lo que a las 3 de la madrugada habrá cesado la actividad totalmente.

Cuarta.- Las solicitudes para tomar parte en el Concurso se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra en horario de 9 a 14’00 h., desde el día de la aprobación de estas Bases por la Junta de Gobierno Local hasta el 10 de mayo de 2011, acompañadas de un croquis con el diseño y emplazamiento de la Cruz y de las restantes instalaciones e infraestructuras con especificación de sus medidas, con especial incidencia de la barra, si la hubiera. Asimismo no se admitirá ningún tipo de almacén adosado a la infraestructura de la barra.

En dicha solicitud se harán constar los siguientes datos*:

- Entidad y titular responsable de la Cruz.

- D.N.I. y teléfono del representante.

- Dirección y C.I.F. de la entidad.

- Número de teléfono de la persona responsable de la Cruz y de su suplente, que ha de estar disponible en todo el proceso de montaje y en los horarios de apertura de la Cruz.

- Dirección de correo electrónico, si la tuviera.

- Declaración de conocimiento de las Bases y compromiso de cumplimiento de las mismas.

- Número de cuenta bancaria para ingresos (fotocopia de la primera hoja de la Cartilla de Ahorro o de la Cuenta Corriente).

- En los casos de instalación en recintos cerrados, autorización del propietario del inmueble.

La falta de alguno de estos datos dará lugar a la paralización del procesión de admisión al Concurso, pudiendo reanudarse por el interesado si aquellos son completados en el plazo de tres días contados desde que tal falta le fuera notificada.

En el caso de que varias entidades o personas deseen instalar una Cruz en el mismo emplazamiento, se aplicarán los siguientes criterios de prioridad: para ubicaciones de ediciones anteriores, la persona o entidad que instaló la Cruz en el año 2010. Para nuevas ubicaciones, la petición que se presente con anterioridad en el Registro General del Ayuntamiento.

(* Los datos aportados en las solicitudes serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado, quedando sujetos los de carácter personal al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal).

Quinta.- Las autorizaciones de instalación se harán con los siguientes condicionamientos:

- Que garanticen el tráfico rodado y peatonal por la zona y el acceso a las viviendas, cocheras y locales comerciales.

- Que se garantice la limpieza diaria de la Cruz y el respeto al mobiliario e infraestructura urbana.

- Mostrar especial cuidado en evitar molestias innecesarias a las viviendas colindantes por emisión de humos y por la orientación de la música.

- Respetar la Ordenanza Municipal de “Protección de Medio Ambiente Urbano contra la emisión de ruidos y vibraciones” de 3 de junio de 2009 (B.O.P. nº 102), la Ordenanza Municipal de Parques y Jardines de 14 de junio de 2004 (B.

O.P. nº 85) y la Ordenanza Municipal Reguladora de las Normas Básicas para la Convivencia Ciudadana y del Buen gobierno Local de 23 de enero de 2008 (B.O.P. nº 13).

- Hacer un cumplimiento exacto de las Leyes, Ordenanzas, Normativas, etc., que estén en vigor, en el plazo de fecha de la solicitud de participación en este Concurso.

- Los responsables de las Cruces deberán atender en todo momento las indicaciones de los Agentes municipales de la autoridad en orden a garantizar la seguridad y el tráfico, de vehículos y personas, en la vía pública.

- La música de ambientación para las Cruces será la de sevillanas, rociera, clásica y tradicional andaluza. En cualquier caso no se admitirá la emisión de música, estructuras, elementos decorativos, de iluminación y de sonido de corte discotequero.

- La autorización de la Cruz de Mayo quedará supeditada a los informes que deberán emitir las diferentes delegaciones municipales competentes por razón de la materia, tanto en el periodo de montaje como en el desarrollo de los días del Concurso, pudiendo tener como consecuencia la no autorización o la clausura de la Cruz, si no se atienden los requisitos de las presentes Bases.

Sexta.- Las instalaciones de barras, si las hubiera, serán sometidas a los informes e inspecciones correspondientes y acondicionamientos necesarios, así como deberán cumplir lo establecido en las leyes vigentes para este tipo de instalaciones, debiendo los organizadores proveerse de un Seguro de Responsabilidad Civil General con una cobertura mínima de 151.000,00 € en caso de muerte, para cubrir su responsabilidad de un posible siniestro.

Séptima.- Serán objeto de exclusión, del Concurso (e incluso clausura) aquéllas Cruces que incumplan las normas elementales de policía, higiene y urbanidad, en lo que se refiere a horarios y volumen de la música, limpieza y aseo de la Cruz y su entorno, o no pongan los medios necesarios para evitar molestias a los vecinos y usuarios de la vía pública.

En caso de denuncia por exceso de ruido de los aparatos de sonido (90 decivelios como máximo), podrá dar lugar a la clausura de la música en cumplimento de la ordenanza municipal de ruidos y a la apertura de expediente sancionador.

Por razones de seguridad de las personas y bienes o de grave perjuicio al interés público se puede acordar el cierre inmediato de las instalaciones, de acuerdo con la legislación vigente, sin perjuicio de que se continue el expediente sancionador.

Octava.- El jurado que fallará el Concurso estará presidido por la Alcaldesa o Concejal/a en quien delegue, los miembros que componen la Comisión de Feria y Fiestas, dos expertos en ornamentación floral, asistidos por el Secretario de la Corporación o persona en quien delegue.

Novena.- El Jurado podrá descalificar a aquellas Cruces que no presenten un mínimo de calidad o incumplan las Bases. Desde el Ayuntamiento se supervisará, una vez desmontadas las Cruces, que el lugar ocupado queda en perfecto estado, debiendo la entidad responsable hacerse cargo de los deterioros, limpieza y cuantos desperfectos sean consecuencia directa de la actividad de la Cruz. Las Cruces excluidas perderán todo derecho al posible premio y la autorización de montaje al año siguiente.

Décima.- El Jurado podrá otorgar dos premios:

- 1º dotado con 400 €.

- 2º dotado con 200 €.

Para otorgar los premios se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

- Decoración natural de la Cruz.

- Variedad floral.

- Iluminación.

- Originalidad.

- Esfuerzo visible.

- Participación e interés demostrado por los vecinos de la zona para mantener esta tradición festiva.

- Aprovechamiento y respeto de los elementos existentes en el entorno.

Los premios podrán quedar desiertos a criterio del Jurado, si este considerase que en las Cruces presentadas a concurso no se alcanzan los niveles de calidad exigidos.

Durante los días de celebración del Concurso, dentro del horario establecido en la base tercera, sin aviso previo, los miembros del Jurado visitarán las Cruces para emitir su fallo y adjudicar los premios. El Jurado emitirá su fallo a las 14 horas del día 14 de mayo.

Décimo primera.- El fallo del Jurado será inapelable. El hecho de participar en el Concurso implica la aceptación de todos y cada uno de los apartados de estas Bases.

Décimo segunda.- La Delegación de Feria y Fiestas podrá establecer normas procedimentales que permitan el desarrollo de este Concurso, en caso de ser necesario, y que complementen estas bases.

FUENTE: www.teleprensa.es