La analítica del vídeo inteligente proporciona conocimiento accionable que permite a los departamentos de seguridad tomar decisiones basadas en datos objetivos.

La inteligencia artificial ha llevado la vigilancia a otro nivel. Las cámaras de vídeo, en combinación con la inteligencia artificial, han abierto un mundo de posibilidades que antes no se imaginaban.

Durante Security Forum 2023, se habló de cómo las nuevas tecnologías pueden trasformar radicalmente los departamentos de seguridad. Toni Polo, Sales Director EMEA de Scati, demostró cómo el vídeo inteligente está transformando radicalmente las reglas del juego en el ámbito de la seguridad.

 

De la vigilancia física al vídeo inteligente

viddeo analisis 1

“Atrás quedaron los tiempos de la vigilancia física y las grabaciones forenses”firmó Toni Polo durante su conferencia sobre «El vídeo (inteligente) como palanca transformadora de los Departamentos de Seguridad» en Security Forum 2023.

El vídeo inteligente permite una gestión remota eficiente y la detección proactiva de amenazas. Anteriormente, los departamentos de seguridad se limitaban a reaccionar ante los eventos, pero con el vídeo inteligente, han logrado dar un paso adelante y prever situaciones de riesgo antes de que ocurran.

Hoy en día, la analítica de vídeo se ha vuelto esencial. Gracias a la inteligencia artificial, las cámaras pueden reconocer patrones, detectar comportamientos anómalos y realizar un seguimiento proactivo de situaciones potencialmente peligrosas. La tecnología del vídeo inteligente no solo permite una vigilancia más efectiva, sino que también se convierte en una herramienta poderosa para optimizar recursos y reducir costos.

Durante la ponencia se señaló que en el mundo actual, la información es el recurso más valioso. El conocimiento asociado a la inteligencia, los datos y los metadatos extraídos del vídeo inteligente se convierten en la nueva gasolina que impulsa la seguridad de las organizaciones. Con la inteligencia artificial, es posible analizar grandes volúmenes de datos en tiempo real y transformarlos en información valiosa.

La analítica del vídeo inteligente proporciona conocimiento accionable que permite a los departamentos de seguridad tomar decisiones basadas en datos objetivos. Predecir situaciones, actuar con rapidez y reducir costos en personal y elementos son solo algunas de las ventajas que ofrece esta nueva era de seguridad.

Dentro de este nuevo paradigma, Toni Polo presentó Scati Reckon, una solución de Business Intelligence diseñada para la gestión del vídeo inteligente, que se muestra como una herramienta muy útil para las empresas en sus departamentos de seguridad. Con esta herramienta, desde entidades bancarias hasta tiendas de retail, la toma de decisiones corporativas se vuelve más precisa y eficiente.

El módulo de Business Intelligence de Scati Reckon destaca por su alto nivel de personalización, permitiendo a cada usuario acceder a los datos que resultan relevantes para su área de interés particular. Desde el conteo de entradas y salidas en un edificio hasta la estimación del género y la edad de las personas, esta herramienta proporciona un panorama completo y detallado de la actividad que se lleva a cabo en cada espacio vigilado.

Transformando la seguridad integral

Durante la ponencia se manifestó que ya no es suficiente simplemente contar con cámaras de vigilancia física, ahora se trata de utilizar la inteligencia artificial y el análisis de datos para transformar la seguridad en un componente estratégico para el éxito de las organizaciones. Los departamentos de seguridad son pilares fundamentales para la reputación de una compañía. 

Con el vídeo inteligente y el enfoque hacia la seguridad integral, se logra una evolución sólida y necesaria para afrontar los retos del mundo actual. La seguridad integral implica la colaboración de todos los departamentos de una organización. Desde marketing y operaciones hasta recursos humanos, la información proporcionada por el vídeo inteligente se vuelve esencial para optimizar cada área y garantizar un funcionamiento eficiente y seguro.

El vídeo inteligente ha llegado para quedarse y revolucionar la seguridad tal como la conocemos. Con herramientas de IA, los departamentos de seguridad se convierten en centros estratégicos de información, toma de decisiones y protección.

 

Fuente: Cuadernosdeseguridad.com

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España es el primer país de la Unión Europea en legislar la instalación de sistemas de videovigilancia en los mataderos, siguiendo en esta iniciativa a Inglaterra, Escocia e Israel.

Esta norma tendrá especial importancia en los mataderos de porcino certificados bajo distintos esquemas de certificación en bienestar animal, ya sean cerdos de capa blanca o ibéricos; pues será otro elemento para tener en cuenta en las verificaciones de la certificación correspondiente.

El SVBA es una herramienta más al servicio del propio operador del matadero para acreditar que se cumplen los requisitos legales y que se mantiene el bienestar animal en todas las operaciones realizadas con animales vivos dentro de sus instalaciones.

Así mismo, es un instrumento del que puede disponer el Servicio Veterinario de Control Oficial (SVO) del matadero como complemento a los controles que ejerce para evaluar el cumplimiento de las normas de bienestar animal.

Puntos para destacar del RD 695/2022:

  • El operador deberá conservar las imágenes del SVBA durante un mes desde su grabación, salvo que hayan captado algún acto que atente contra la integridad de personas, bienes o instalaciones.
  • Las cámaras mostrarán las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo zonas de descarga, pasillos de conducción y zonas de aturdimiento y sangrado. No obstante, se exceptúa de la obligación de disponer de cámaras en las zonas de espera donde se encuentran los medios de transporte con animales vivos antes del inicio de la descarga.
  • El operador elaborará un Procedimiento Normalizado de Trabajo que refleje, ligado a su autocontrol, todos los aspectos de visionado de imágenes por personal formado en bienestar animal, así como las medidas correctoras aplicadas.
  • Tanto el resultado de los visionados como las medidas correctoras aplicadas quedarán reflejadas en los correspondientes Registros, que se pondrán a disposición del SVO.

Cámara del sistema de videovigilancia instalado en un matadero.

La norma española insiste en que:

  • el uso de SVBA no exime al operador de realizar el resto de los controles en materia de bienestar.
  • las cámaras del SVBA se instalarán garantizado que su funcionamiento respete la privacidad de los trabajadores y del resto de personal autorizado.

Algunas de las asociaciones sectoriales de mataderos e industrias cárnicas han elaborado una guía para ayudar al operador a cumplir con las especificaciones de la norma.

Actuaciones en otros países:

Inglaterra

  • El 4 de mayo de 2018 entró en vigor la norma que obligaba a instalar circuitos cerrados de televisión (CCTV) en los mataderos. Tuvieron un plazo de seis meses para hacerlo.
  • Las imágenes deben conservarse un mínimo de 90 días desde su grabación.
  • Las cámaras deben estar presentes en todas las zonas donde haya animales vivos y reflejar, sin ángulos muertos, la muerte del animal y todas las operaciones relacionadas.
  • Las imágenes deben tener la claridad suficiente y, en caso de zonas oscuras, se recomienda la instalación de cámaras infrarrojas.
  • El operador es responsable de la calidad del vídeo y de que los trabajadores tengan la formación necesaria para almacenar, procesar y transmitir la información, así como todo lo necesario para acceder al sistema si los inspectores lo requieren.
  • Las autoridades han diseñado una guía que informa a los operadores sobre cómo cumplir con las especificaciones de la norma.

Escocia

  • El uso de CCTV en los mataderos es obligatorio desde el 1 de julio de 2021, incluido el acceso sin restricciones para los SVO.
  • Las imágenes deben conservarse durante 90 días.

Gales e Irlanda del Norte

  • No es obligatorio el uso de CCTV en los mataderos.
  • Están realizando una consulta con los sectores afectados y han dado ayudas para incentivar su instalación.

Francia:

  • En 2018 introdujo novedades en su legislación para mejorar el bienestar animal en los mataderos. El SVBA no es obligatorio, sino voluntario. La mayoría de mataderos lo usa con fines preventivos y pedagógicos, para sensibilizar a los operarios que trabajan en contacto con los animales.
  • En 2021, el Ministerio de Agricultura aprobó un plan de control con inspecciones coordinadas y sin previo aviso. El objetivo era contar con un informe exhaustivo de irregularidades y obligar al operador a corregirlas.

Israel:

  • El Ministerio de Agricultura ordenó la instalación de CCTV en los mataderos a lo largo de 2016.
  • Las imágenes se transmiten en vivo a una sala de control central en el Ministerio, lo que podría considerarse un elemento disuasorio más fuerte contra las irregularidades en bienestar animal.

Países Bajos:

  • No es obligatorio el uso de CCTV en los mataderos, pero en 2017 el gobierno y la industria acordaron la instalación voluntaria de CCTV en todos los mataderos grandes y medianos.

Alemania:

  • En junio de 2020, en el Estado de Baja Sajonia se llegó a un acuerdo voluntario entre las asociaciones comerciales y de carne, la asociación de ciudades y pueblos de Baja Sajonia y el Ministerio de Alimentación, Agricultura y Protección del Consumidor de Baja Sajonia, en el que se establecieron pautas para el uso de CCTV en mataderos, sin requisitos legales.
  • El gobierno federal alemán se ha marcado como objetivo crear un derecho legal para la implementación de CCTV en mataderos.

Estados Unidos:

  • No se requiere legalmente de SVBA-CCTV en los mataderos. Sin embargo, la mayoría de mataderos grandes utilizan sistemas de CCTV desde hace más de una década.

Conclusiones:

  • Es importante tener datos reales del nivel de cumplimiento y la eficacia de la implantación de este tipo de normas pasados unos años.
  • Los incumplimientos se deben detectar rápidamente y el SVO demandar acciones correctoras inmediatas para que no se comprometa el bienestar animal.
  • Es importante actuar en base al riesgo y a los resultados de los indicadores diarios de trabajo del operador (Procedimiento Normalizado de Trabajo).

El uso de nuevas tecnologías contribuye a garantizar el bienestar de los animales en el matadero y ayuda al SVO a disponer de elementos objetivos que demuestren el cumplimiento normativo por parte de los operadores, por tanto, el SVBA no sustituirá el trabajo realizado de forma presencial por el SVO.

Fuente: 3tres3

Cámaras sí, micros no: multa a una empresa por grabar conversaciones de sus trabajadores

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 20.000 euros a una empresa, propietaria de un restaurante, por la instalación de un dispositivo de videovigilancia que incluía, no solo cámaras de seguridad, sino también la instalación de varios micrófonos en distintos lugares del local, incluyendo algunas zonas de descanso de los trabajadores. El organismo justifica la multa en que el sistema resulta "desproporcionado" y vulneraba el derecho a la privacidad y a la intimidad de la plantilla.

Según consta en el relato contenido en la resolución, la denuncia fue interpuesta por la propia Policía Nacional, ante la cual cinco trabajadoras alertaron del "hallazgo de un sistema de grabación de audio en el vestuario" oculto en un falso techo. También aseguraron haber detectado un micrófono en el aseo, en donde se encontraban sus taquillas.

La empresa alegó que aquellos dispositivos formaban parte de un sistema de seguridad conocido por los trabajadores. La finalidad del mismo, según la documentación aportada por la compañía (entre la cual, se hallaba una carta informativa a la plantilla), era la vigilancia del acceso de personas y mercancías, la seguridad de los bienes y las personas, y el control laboral. La compañía advertía de la situación de los apartados, y de que las imágenes y los sonidos captados podían ser utilizados para examinar "la calidad y el rendimiento laboral" y aplicar el régimen disciplinario sobre los empleados.

 Tras la comunicación al restaurante del inicio de procedimiento por parte de la directora de la AEPD y, al no recibir en aquel momento respuesta de la compañía, el escrito se tornó en propuesta de sanción.

La voz es un dato personal

El escrito de la Agencia recuerda que la imagen y la voz captadas por sistemas de videocámaras "son datos de carácter personal", por lo que el tratamiento de esta información está sometido a la normativa de privacidad. En este sentido, el artículo 22 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) establece que las personas físicas o jurídicas podrán emplear la videovigilancia para "preservar la seguridad de las personas y bienes, así como la de sus instalaciones". Asimismo, el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 20.3 determina que "el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad".

El uso de cámaras en el trabajo, por lo tanto, está legalmente admitido siempre que se respeten los principios de "proporcionalidad" e "intervención mínima" en la 'invasión' que estas producen en el derecho a la intimidad de la plantilla. En este sentido, el artículo 89 de la LOPD autoriza expresamente las videograbaciones en el trabajo, pero agrega que "en ningún caso se admitirá la instalación de sistemas de grabación de sonidos ni de videovigilancia en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores o los empleados públicos, tales como vestuarios, aseos, comedores y análogos".

 Por otra parte, la AEPD recuerda que, según la doctrina del Tribunal Constitucional, la grabación de conversaciones entre trabajadores, o entre estos y clientes, no se justifica por la verificación del cumplimiento del empleado de sus obligaciones o deberes. Su jurisprudencia ha considerado como "intromisiones ilegítimas por parte del empresario en el derecho a la intimidad de los trabajadores" el uso indiscriminado y masivo de micrófonos en espacios o entornos laborales. Así, desde la perspectiva de la privacidad, el tratamiento de estos datos personales como son la imagen y la voz debe producirse de forma "adecuada, pertinente y limitada a lo necesario" para sus fines.

Por todo ello, el organismo reprocha a la empresa que no haya aportado justificación suficiente para considerar válida la grabación de sonidos en el local, por lo que se entiende que ha sobrepasado las limitaciones legales que imponen la LOPD y el Estatuto de los Trabajadores, que admiten el uso de micrófonos "únicamente cuando resulten relevantes los riesgos y respetando los principios de proporcionalidad e intervención mínima".

 A este respecto, son especialmente relevantes varias circunstancias: la presencia de micrófonos en las zonas dedicadas al descanso o no estrictamente a la ejecución de funciones laborales; tampoco explica qué aporta la grabación masiva de conversaciones de trabajadores entre sí o de estos con clientes, que no se pueda comprobar ya solo con las imágenes; y también es relevante que la clientela desconozca que su voz está siendo registrada.

 Por todo ello, se entiende "desproporcionada la captación de la voz tanto de los trabajadores como de clientes de la parte reclamada para la función de videovigilancia pretendida, para el control del cumplimiento por los trabajadores de sus obligaciones y deberes laborales". Al tener en cuenta que la voz supone "una mayor intromisión en la intimidad de los afectados", la Agencia impone una multa de 20.000 euros a la empresa propietaria del restaurante.

or todo ello, se entiende "desproporcionada la captación de la voz tanto de los trabajadores como de clientes de la parte reclamada para la función de videovigilancia pretendida, para el control del cumplimiento por los trabajadores de sus obligaciones y deberes laborales". Al tener en cuenta que la voz supone "una mayor intromisión en la intimidad de los afectados", la Agencia impone una multa de 20.000 euros a la empresa propietaria del restaurante.

Grabaciones ocultas en el trabajo

Fuente: Elconfidencial

Detenido por robar la caja fuerte de un restaurante en Alcúdia

 

Agentes de la Policía Local de Alcúdia y de la Guardia Civil arrestaron el domingo por la tarde a un delincuente habitual como presunto autor del robo de una caja fuerte de un restaurante de la localidad. El hombre se había llevado la caja fuerte del establecimiento esa madrugada y fue visto por los vecinos de un edificio cuando trataba de forzarla en el jardín de la finca.

El robo se cometió durante la mañana del domingo, cuando el establecimiento estaba vacío. Sobre las nueve la Policía Local de Alcúdia y la Guardia Civil fueron informados de que se habían llevado la caja fuerte del establecimiento. Mientras los agentes estaban recabando los datos del robo y se disponían a comprobar las cámaras de seguridad del local, se recibió un aviso por parte de los vecinos de un edificio alertando de que en el jardín había un hombre tratando de abrir una caja fuerte, y que se había escapado al verse sorprendido.

 Las grabaciones de las cámaras de videovigilancia y  seguridad, permitieron confirmar la identidad del autor,  junto con la declaración de los vecinos, un delincuente habitual conocido en medios policiales. El sospechoso fue arrestado esa misma tarde, sobre las seis, en una intervención conjunta de la Policía Local y la Guardia Civil.
 
En la misma madrugada del domingo, sobre las cuatro, se produjo también un robo en el cajetín de las monedas de un billar situado en la terraza de un hotel de Alcúdia. La Guardia Civil y la Policía Local realizan gestiones con la visualización de las cámaras de seguridad para localizar al autor de este robo.
 
Una vez más las cámaras de seguridad han servido para esclarecer los hechos y poder detener así a los implicados.
 
Robo caja fuerte Alcudia
 
 Fuente:  Diariodemallorca

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Detenido en Salamanca por instalar cámaras en las calles y grabar a menores cuando orinaban

 

La Policía Nacional ha detenido a un hombre que viajó a Salamanca y aprovechó el inicio de las fiestas de la capital para instalar una cámara de vídeo de vigilancia en una calle del centro para grabar a menores de edad y jóvenes mientras orinaban.

Según ha informado este lunes la Subdelegación del Gobierno en Salamanca, la detención se produjo el pasado viernes y tras pasar a disposición judicial ha sido condenado, en juicio rápido, a una pena de un año y medio de prisión.

La pasada semana, la Comisaría de la Policía Nacional, dentro del dispositivo de prevención de delitos contra la libertad sexual puesto en marcha durante las Ferias y Fiestas de Salamanca, detectó la presencia de un delincuente sexual de origen extranjero, concretamente, japonés.

Tras someterle a vigilancias y seguimientos, el hombre fue detenido en la madrugada del día 10 tras instalar una cámara de video vigilancia en una céntrica calle, de abundante tránsito, y oculta entre dos contenedores, con la intención de grabar a menores de edad y jóvenes miccionando.

Material pedófilo

La Policía ha añadido que la forma de actuar del detenido consistía en producir material pedófilo con las imágenes obtenidas de menores de edad o jóvenes desnudos o semidesnudos mientras orinaban, que las distribuía en directo, a través de redes sociales o de foros ocultos de Internet.

Una vez que fue detenido, se registró la habitación que ocupaba en un hotel de Salamanca donde se le intervinieron aparatos de grabación y tratamiento de las imágenes obtenidas.

Además, en el análisis de estos aparatos se hallaron abundantes archivos de material de explotación sexual infantil, por lo que ha realizado su difusión internacional a través de la colaboración policial, por si pudiera estar relacionado con otros delitos cometidos en el extranjero o con otros operativos policiales contra la explotación sexual infantil en Internet.

Una vez puesto a disposición judicial, el detenido ha sido condenado en juicio rápido a una pena de un año y medio de prisión, que podrá ser sustituida por su salida obligatoria del territorio nacional y con prohibición de su entrada en territorio Schengen por cinco años.

 camaras de videovigilancia en la calle

 

Fuente: Diariodemallorca

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