• Los ladrones ya no quieren copiar tu tarjeta en el cajero, ahora lo hacen por Internet

    Los ladrones ya no quieren copiar tu tarjeta en el cajero, ahora lo hacen por Internet

    El robo de tarjetas bancarias es una de las principales amenazas con las que tienen que lidiar los bancos. Al año, en todo el mundo, esto genera billones de euros en dinero robado que acaba en manos de delincuentes, y que por suerte los bancos devuelven al usuario afectado por la estafa. Una manera típica de copiar tarjetas es en los cajeros, pero ahora se están robando cada vez más tarjetas por Internet cuando se usan para realizar pagos.

    El E-skimming no para de crecer en todo el mundo

    Ha sido el FBI el que ha alertado de un aumento del E-skimming. El skimming clásico de tarjetas se hace en los cajeros, pero el e-skimming se hace a través de Internet mediante la inyección de código malicioso y scripts en las pasarelas de pago de las tiendas online, los cuales registran los datos que los usuarios introducen en la web. Una vez un hacker tiene los datos, o los vende en la Dark Web, o los utiliza él mismo para realizar compras fraudulentas. La primera técnica suele ser la más común, ya que es otra persona la que va a cometer el delito de realizar el robo de dinero, y el hacker no deja huella en el proceso.

    Entre las recomendaciones que el FBI recomienda seguir a empresas y negocios se encuentran:

    • Actualizar y parchear sus sistemas a la última versión de software, además de tener antivirus y firewall

    • Cambiar las credenciales por defecto y tener contraseñas únicas y seguras

    • Tener autenticación en dos o más pasos

    • Educar a los trabajadores en la importancia de la ciberseguridad, y evitar que hagan click en enlaces de phishing

    • Segmentar los sistemas de red para evitar que los criminales puedan acceder a la red completa al hackear una parte.

    También se pueden activar elementos como el Content Security Policy que sólo permite ejecutar elementos JavaScript de un listado de dominios fiables que tenga en la base de datos. Ese es uno de los principales vectores de entrada, donde también los enlaces de phishing que reciben los trabajadores suelen hacer que los hackers se hagan muy fácilmente con las contraseñas. Otro elemento que se puede activar es el Subresource Integrity, que evita que se cargue código JavaScript modificado y cuenta con verificación mediante hashes. Los usuarios son los que menos opciones tienen a sus disposición más allá del sentido común.

    Billones de dólares anuales se pierden por el crimen en la red

    El grupo Magecart es uno de los más prolíficos de los últimos años en esta actividad de robo online de tarjetas. Sus operaciones llevan teniendo gran éxito desde 2015, aunque llevan operando desde 2010, cuando lo hacían a menor escala. Tanto es así, que por cada ataque que realizan que llega a los medios, se han detectado miles que no se publican, y que afectan a plataformas de pago de terceros.

    En total, se estima que han robado datos bancarios de millones de usuarios, con más de 2 millones de detecciones en los últimos años donde se han infiltrado en más de 1.000 plataformas de pago, incluyendo tiendas como Newegg. De hecho, tienen un script que automáticamente roba los datos de 57 pasarelas de pago y que puede implementarse en casi cualquier sistema de pago de una web.

    No hay cifras aproximadas de cuánto dinero han podido llegar a robar, pero a nivel mundial se estima que el crimen cibernético es responsable de más de 5 billones de dólares anuales; más de tres veces el PIB de España.

     

    TTCS Robo tarjetas webb

    #agenciaespañoladeprotecciondedatos #protecciondedatos #usofraudulentodedatos #proteccioneninternet #internetseguro

    Fuente: Adslzone

  • Los ministros de Justicia de la UE refuerzan la protección de datos

    Los ministros de Justicia de la UE han aprobado el Reglamento Europeo de Protección de Datos, con el que se pretende proteger la intimidad y los derechos fundamentales de las personas físicas frente al riesgo que supone la recopilación y uso indiscriminado de esos datos en el mundo digital.

    Proteccion de datos

    ​El objetivo es mantener un marco normativo único para toda la Unión Europea uniformando el régimen jurídico actual, así como facilitar la libre circulación de datos personales en el marco de la UE y con otros países e instituciones internacionales respetando el derecho a la libertad de expresión, prensa y las condiciones necesarias para la investigación científica. Todo ello en el contexto de la estrategia de mercado único digital que impulsa la Comisión Europea., según un comunicado del Ministerio de Justicia.

    La norma se aplicará a empresas europeas y a extracomunitarias que ofrezcan sus servicios a usuarios de la UE, de manera que solo podrán procesar información personal si cuentan con el consentimiento de los consumidores. Se simplifican así los trámites para las empresas que procesen datos personales, con lo que Bruselas calcula que se ahorrarán 2.000 millones de euros al año en cargas burocráticas. Los Estados miembros han reconocido además el derecho de los ciudadanos a ser olvidados en la red, de manera que cualquier usuario tendrá derecho a que se borren sus datos personales si así lo demanda.

    Entre las disposiciones novedosas de este Reglamento, se incluye la protección especial para los menores y la protección frente a técnicas de perfilado (profiling). Se refuerza igualmente la seguridad de los datos incluyendo la necesidad de comunicar al ciudadano afectado un régimen de responsabilidad que le garantice la reparación de los daños sufridos y una especial ponderación de la libertad de expresión que favorezca el trabajo de los medios de comunicación.

    El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha destacado que el apoyo de España a esa norma persigue contribuir a la obtención cuanto antes de una reforma general en materia de protección de datos personales que va a aumentar el control de los ciudadanos sobre sus propios datos y reducir los costes para las empresas, evitando trámites innecesarios de notificación. Catalá lo ha calificado como un Reglamento importante que permitirá la tutela de los derechos de los ciudadanos en toda Europa, dotando a las empresas de normas armonizadas en esta materia, lo que favorecerá la competitividad entre ellas.

    España ha defendido en esta reunión del Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la UE (JAI) la necesidad de mantener una protección elevada de los derechos de los individuos, especialmente en el ámbito de internet, dotando de cierta flexibilidad a los Estados miembros para obtener la mejor adaptación del Reglamento a determinados sectores, principalmente el público, al que se quiere facilitar el cumplimiento de las obligaciones con especial apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas.

    En la reunión de ministros de Justicia e Interior de la UE se ha debatido también la simplificación de la libre circulación de ciudadanos y empresas en la Unión Europea y la creación de la Fiscalía Europea.​

     

    Fuente: elderecho

  • Los ministros europeos hacen el ridículo con la nueva ley de protección de datos y el derecho al olvido

    La nueva ley de protección de datos europea ha empezado con mal pie, después de que los representantes europeos no hayan decidido reglas concisas.

    Después de la reunión en la que han participado los 28 estados miembros de la Unión Europea, se ha llegado a la conclusión de que sí, que proteger los datos de los usuarios está muy bien, pero que la definición de “proteger” varía de un sitio a otro.

    Por lo tanto el resultado ha sido un documento con una gran cantidad de modificaciones respecto al presentado inicialmente, en el que se han incluido todo tipo de provisiones para no quitar poder a los gobiernos. Y esto es sólo el principio.
    Así será la nueva ley de protección de datos europea

    Cuando el Tribunal de Justicia Europeo decidió que los usuarios tenían el llamado “derecho al olvido”, la Unión Europea se dio cuenta de que tenía que actualizar sus textos para legislar este y otros apartados relacionados con los datos de los europeos.

    Proteccion de datos

    El nuevo texto reconoce que los nuevos desarrollos tecnológicos necesitan un nivel superior de protección de datos personales, y un marco más fuerte y coherente que permita crear confianza en la economía digital. Y a continuación, el texto se desdice y permite todo lo contrario.

        “Esta Regulación también provee un margen de maniobra para que los estados miembros especifiquen sus reglas” Propuesta para la regulación de protección de datos europea.

    Prácticamente todo el texto añadido en la última reunión (subrayado en el documento (pdf)) tiene que ver con las leyes nacionales de cada país, y de cómo los estados pueden modificar e incorporar elementos según crean conveniente.

     

    Proteccion de datos

     

    En otras palabras: cada país podrá tener las reglas de privacidad, gestión de datos y derecho al olvido que considere necesarias, fragmentando el mercado europeo.

    En lo que respecta al llamado “derecho al olvido”, simplemente tipifica lo que ya decidió el Tribunal Europeo, que los ciudadanos tienen derecho a que se borren o rectifiquen datos incorrectos o que ya no sean válidos, aunque este derecho al olvido no es absoluto, y está limitado por otros como la libertad de expresión e información.

    ¿No hay nada de bueno en este texto? Pues la verdad es que sí. El principal punto positivo es que la portabilidad de datos se hace ley; las empresas tendrán que facilitar que los usuarios descarguen sus datos, para poder ser usados en otro servicio, por ejemplo.

    También se eliminan muchos procesos como autorizaciones y notificaciones, que permitirá ahorrar 2.000 millones de euros al año, sólo en burocracia.

    Este texto tendrá que ser debatido en la Eurocámara para convertirlo en ley, y para eso como mínimo tendremos que esperar a finales de año.

     

    Fuente: omicrono

  • Microsoft se niega a revelar cuantas cuentas de correo Outlook han sido hackeadas

    ienes cuenta de correo electrónico en Outlook? Entonces esto te interesa: El viernes pasado Microsoft empezó a enviar alertas a usuarios de la plataforma de correo Outlook, avisándoles de que se había producido un acceso no autorizado y, por tanto, la información de carácter privado estaba comprometida. Lo curioso es que el hackeo de Outlook no se había producido el mismo viernes, ni durante la semana pasada, sino en enero. Exactamente desde el 1 de enero al 28 de marzo de 2019… Sí, una brecha de seguridad que duró tres meses y terminó hace dos semanas, pero que no ha sido hecha pública hasta ahora.

     

    ttcs ciberseguridad abril 19

     

    Outlook hackeado en enero 


    A través de Reddit, un usuario ha compartido un mensaje de la oficinna de protección de datos de Microsoft en la Unión Europea en el que advierte sobre un acceso no autorizado, obtenido por medio de unas credenciales comprometidas del soporte de Outlook. Según la propia Microsoft, ninguno de los atacantes ha podido obtener ni contraseñas de seguridad de los usuarios de Outlook ni tampoco leer ninguno de sus emails. Y las credenciales usadas en el ciberataque ya están desactivadas.

    Entre los datos que han resultado expuestos se encuentran datos relacionados con la cuenta como la dirección de correo, los nombres de archivos adjuntos, los asuntos de los correos electrónicos y los nombres y direcciones de otros usuarios con los que se ha escrito. Pero la web Motherboard de de Vice tiene otra historia sobre este punto, y señala que Microsoft le envió una notificación diferente al 6% de los usuarios afectados, admitiendo que los atacantes sí podrían haber visto el contenido de los correos Outlook a los que tuvieron acceso.

    Cambiar la contraseña… otra vez 



    Como suele pasar en estos casos, l

a compañía recomienda cambiar la contraseña como medida de precaución a los usuarios afectados, y advierte también sobre que los datos accedidos pueden utilizarse en campañas de 'phishing' o 'spam' a través de remitentes inseguros. Pero un dato que Microsoft aún no ha revelado es la cantidad de cuentas Outlook que han sido comprometidas, lo que serviría para hacerse una idea del alcance del ataque. 



    Fuente: As

     

  • Mozilla publica parche de emergencia para Firefox

    Mozilla publica parche de emergencia para Firefox 

    Mozilla ha lanzado una alerta en el que insta a los usuarios a instalar un parche de emergencia para Firefox incluido en las nuevas versiones del navegador a partir de las 67.0.3 y ESR 60.7.1.

    La alerta viene motivada por la explotación de una vulnerabilidad 0-Day clasificada bajo el código CVE-2019-11707 y descubierta inicialmente por el equipo de seguridad Project Zero de Google. Es la primera vulnerabilidad de «día cero» detectada desde 2016 en el navegador web de Mozilla.

    El error es lo que se conoce como una «vulnerabilidad de confusión de tipos», que en pocas palabras es un fragmento de código que no verifica el tipo de objeto o recurso y luego utiliza un objeto incompatible que causa el bloqueo del programa.

    En la práctica, se reproduce al manipular objetos de JavaScript debido a problemas con la instrucción Array.pop y permite a un atacante ejecutar código arbitrario y tomar el control del equipo una vez que un usuario de Firefox visite una página web con un código malicioso oculto y especialmente preparado para explotar la vulnerabilidad.

    «Somos conscientes de ataques dirigidos que están explotando este problema», alertan desde Mozilla recomendando la actualización inmediata a Firefox 67.0.3 y Firefox ESR 60.7.1, versiones que han parcheado esta vulnerabilidad crítica.

    Puedes descargar las nuevas versiones desde la página web de Firefox o si ya tiene instalado el navegador asegurarse que se ha actualizado automáticamente o hacerlo manualmente desde el menú de configuración > Ayuda > Acerca de Firefox.

     

    TTCS seguridad en internet - firefox

    #ciberseguridad #protecciondedatos #usofraudulentodedatos

    Fuente: Muyseguridad

  • Multa de 12.900 euros a un salón de belleza que grababa a sus empleadas

    Multa de 12.900 euros a un salón de belleza que grababa a sus empleadas

     

     

    La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado con 12.900 euros a un  salón de belleza por vulnerar la privacidad de sus trabajadoras. La Guardia Urbana de Barcelona denunció a un establecimiento hotelero, donde se constata la presunta “realización de actividades de naturaleza sexual”, por no disponer de carteles informativos sobre la presencia de cámaras de video-vigilancia en su interior. Las Fuerzas del orden público certificaron que estas cámaras obtenían imágenes de las zonas de descanso de las trabajadoras y carecían de formulario e inscripción de fichero en la AEPD.

    TICBCN LOPD

    La instalación de cámaras de vídeo-vigilancia en el lugar de trabajo no requiere del consentimiento por parte de los empleados, pero sí deben estar informados en todo momento de su presencia y de que éstas no invadan las zonas de descanso o reservadas a la intimidad.

    El sistema de vídeo-vigilancia debe estar dado de alta (según la normativa vigente en aquel momento) en la Agencia de Protección de Datos y debe informarse mediante distintivos colocados, al menos, en el acceso a las zonas vigiladas. Además, el establecimiento debe disponer de un impreso que informe de la existencia de las grabaciones y disponible por si un afectado quiere ejercitar sus derechos. Las grabaciones solo podrán mantenerse por un periodo máximo de 30 días.

    La empresa demandada reconoció su culpabilidad ante la ausencia de estos carteles informativos por motivos de obras en la instalación, aunque procedió a reinstalarlos y ubicarlos con posterioridad en las zonas de acceso.


    La Ley Orgánica de Protección de Datos recoge como principio fundamental el deber de informar a las personas de las cuales se vaya a obtener cualquier tipo de datos personales. La AEPD señala que “la captación de imágenes de personas mediante cámaras de video vigilancia y su trasmisión a un monitor, donde es visionada, aun cuando el sistema se limite a posibilitar su visualización, y su grabación, mediante la reproducción de la imagen de los individuos, constituye un acto de tratamiento de datos de carácter personal que proporciona información de personas físicas identificables acerca de su imagen personal, lugar en que se encuentran y actividad que desempeñan”.


     Por lo tanto estos hechos, debido a la infracción de su artículo 5.1, la Agencia impone una sanción de 900€ al carecer de los preceptivos carteles informativos, de tal manera que no es posible ejercitar los derechos de la LOPD ni haber informado a los clientes del establecimiento.

    En relación a la segunda infracción, desde la empresa alegaron que las cámaras se instalaron por motivos de seguridad para las trabajadoras y que las imágenes obtenidas no son de la zona de descanso de las empleadas, una zona con mesa y sillones desde donde pueden conectarse con sus ordenadores portátiles.

    Sin embargo, tras las comprobaciones pertinentes, ha quedado demostrada la presencia de cámaras de video-vigilancia en espacios privativos de las empleadas sin causa justificada y con una intencionalidad de control excesiva, como las zonas de la cocina y el vestidor, y las entradas/salidas de las habitaciones donde la empleadora asegura que las trabajadoras desempeñan sus funciones calificadas como “masajes”.


    El Tribunal Constitucional establece que el derecho a la propia imagen “pretende salvaguardar un ámbito propio y reservado, aunque no íntimo, frente a la acción y conocimiento de los demás; un ámbito necesario para poder decidir libremente el desarrollo de la propia personalidad y, en definitiva, un ámbito necesario según las pautas de nuestra cultura para mantener una calidad mínima de vida humana”.


     En lo referente a la seguridad de las empleadas, la AEPD estima que ésta se cumple con la presencia de cámaras en los principales puntos de acceso al establecimiento, lo que permite la grabación de los clientes que acceden al local, por lo que la obtención de imágenes de las empleadas en sus zonas de descanso es excesiva.

    De hecho, el control laboral de las trabajadoras se lleva a cabo mediante el fichaje que realizan ellas mismas tanto a la entrada como a la salida del establecimiento, en donde queda registrado el número de horas que dedican a su jornada laboral.

    Por tanto, las pruebas aportadas concluyen la infracción del artículo 4.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos al haber instalado una cámara de vídeo-vigilancia en una zona de descanso, afectando así a la intimidad personal,  y se impone una multa de 12.000 euros.

    Fuente: eprivacidad

  • Multa de 205 millones a British Airways por el robo de datos de los clientes

     

    GDPR en acción: British Airways recibe una sanción récord de más de 200 millones por su brecha de datos

    La Oficina del Comisionado de Información de Reino Unido (ICO, por sus siglas en inglés, la agencia de protección de datos y transparencia) ha comunicado a British Airways, perteneciente al grupo IAG, su intención de multar a la aerolínea con 183,39 millones de libras (204,6 millones de euros) por la sustracción de datos de clientes desde la página web de la aerolínea.

    La propuesta de sanción se produce después de que la compañía de IAG, a la que también pertenece Iberia, sufriera un ataque informático en el verano de 2018 con el robo de datos de clientes, "incluyendo su información financiera" de sus tarjetas de crédito. La compañía informó en un principio que el incidente afectó a 380.000 clientes, que luego rebajó a 244.000 pasajeros. Sin embargo, el ICO eleva ahora a 500.000 el número de potenciales afectados.

    En concreto, los robos de datos afectaron a las reservas realizadas en la página web de la aerolínea entre los días 21 de agosto al 5 de septiembre de 2018, pero los clientes afectados son aquellos que realizaron sus reservas de billetes, utilizando sus tarjetas de crédito, entre el 21 de abril y el 28 de julio de ese año.

    Durante ese periodo, los pagos con tarjeta fueron interceptados y los atacantes pudieron hacerse con nombres, apellidos, direcciones físicas y de correo electrónico, números de tarjetas y sus fechas de expiración y códigos de seguridad, datos suficientes para realizar compras o vaciar cuentas.

    En este sentido, la ICO señaló ayer que en su investigación ha encontrado que una variedad de información se vio comprometida por “la falta de seguridad en la empresa”, incluidos el inicio de sesión, la tarjeta de pago y los datos de reserva de viaje, así como la información del nombre y la dirección.

    “Los datos personales de las personas son solo eso, personales. Cuando una organización no puede protegerla de pérdidas, daños o robos, es más que un inconveniente. Por eso la ley es clara: cuando se le confían datos personales, debe cuidarlos. Aquellos que no lo hagan se enfrentarán al escrutinio de mi oficina para verificar que hayan tomado las medidas adecuadas para proteger los derechos fundamentales de privacidad”, señaló ayer en una nota la directora de la ICO, Elizabeth Denham. No obstante, el organismo admite que British Airways ha cooperado en la investigación y ha hecho mejoras en sus medidas de seguridad desde que se conoció el incidente.

    El presidente y consejero delegado de la aerolínea británica, Alex Cruz, mostró su “sorpresa” y “decepción” por la propuesta de sanción inicial de la ICO. El directivo español destacó que la compañía respondió rápidamente al robo de datos de sus clientes, “sin encontrar evidencia de fraude o actividad fraudulenta en las cuentas relacionadas con la sustracción”.

    Por su parte, el consejero delegado de IAG, Willie Walsh, anunció que British Airways efectuará las alegaciones pertinentes ante el ICO, incluyendo un recurso si se confirma la sanción. “Tenemos la intención de adoptar todas las medidas necesarias para defender vigorosamente la posición de la aerolínea, incluyendo cualquier apelación que considere necesaria”, puntualizó Walsh.

    La multa propuesta por la autoridad británica equivale al 1,5% de los ingresos globales de British Airways en 2017. Se trata de la primera multa desde que entró en vigor, el pasado mes de mayo, la nueva legislación europea sobre protección de datos.

     

    TTCS CIBERSEGURIDAD AEROLINEA BRITISH AIRWAYS

     

    #ciberseguridad #ciberataque #ciberdelincuente #protecciondedatos #usofraudulentodedatos

    Fuente: Elpais

     

     

  • Multa de 5,29 millones de euros contra España por no cumplir la directiva de protección de datos

    Multa de 5,29 millones de euros contra España por no cumplir la directiva de protección de datos

    La Comisión Europea ha propuesto este jueves al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que imponga una multa de 5,29 millones de euros contra España por no incorporar a su ordenamiento jurídico una directiva europea de protección de datos.

    La norma debería haberse incluido en la legislación nacional en mayo de 2018 por lo que nuestro país lleva más de un año de retraso. Y la multa puede ser aún más grande ya que la CE pide, además, una multa de 89.548,2 euros por cada día de retraso que acumule España después del día en el que el TJUE dicte sentencia.

    Cuando el Consejo y el Parlamento Europeo llegaron a un acuerdo sobre la directiva, cerraron el 6 de mayo de 2018 como el último día para incorporar la nueva norma a la legislación nacional. España, que es un alumno aventajado de la UE en lo que a retrasos se refiere, vio cómo se abría expediente contra ella en julio de 2018, pero desde entonces no ha cumplido con los plazos.

    España no está sola en este trance. La Comisión Europea también ha propuesto una multa, significativamente menor por el tamaño del Estado miembro, a Grecia, que es el otro país europeo que ha incumplido la transposición.

     

    TTCS proteccion de datos españa UE

     

    Fuente: Elconfidencial

  • Multada con 4.000 euros por poner cámaras de vigilancia escondidas enfocando a la calle

    Multada con 4.000 euros por poner cámaras de vigilancia escondidas enfocando a la calle

    Una vecina de La Línea de la Concepción (Cádiz) deberá pagar una multa de 4.000 euros por instalar dos cámaras de video-vigilancia en su vivienda que enfocaban a la calle y captaban imágenes de la vía pública.

    La Ley Orgánica de Protección de Datos no permite que los sistemas de videovigilancia capten imágenes de las personas que se encuentren fuera del espacio privado. En lugares públicos es algo que sólo puede ser realizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, según ha recordado la Policía Nacional.

    Agentes de la Policía Nacional detectaron dos cámaras de vigilancia en una vivienda particular situada en la calle Pedreras. Estaban camufladas en dos salidas al exterior de unas falsas chimeneas y captaban imágenes de gran parte de la vía pública.

    La Policía procedió a la proponer una sanción por infracción administrativa de la citada ley. El expediente fue elevado a la Agencia Española de Protección de Datos, que ha impuesto una sanción de 4.000 euros a la propietaria de la vivienda por vulnerar el derecho a la protección de datos de carácter personal al estar afectando un espacio público sin causa justificada. También se le obliga a que retire dichas cámaras.

    La Ley Orgánica de Protección de Datos prohíbe la instalación de videocámaras en fachadas de propiedades particulares que capten imágenes de espacios públicos y/o privados, salvo excepciones contempladas en esa Ley, pudiendo ascender las sanciones por la realización de estas conductas hasta los 20 millones de euros como máximo o, tratándose de un negocio, una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, según ha recordado la Policía Nacional.

     

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     Fuente: Sevilla.abc

     

  • Nueva estafa via SMS a usuarios de Bankia

    Cuidado con el SMS de Bankia del 610928472: es una estafa

     

    Una nueva oleada de SMS está distribuyéndose a gran escala a través del número 610928472 (+34610928472 para residentes fuera de España). A pesar de que los primeros reportes nos llevan hasta noviembre de 2019, lo cierto es que el envío de mensajes no ha cesado desde entonces. El mensaje en cuestión se limita a anunciar la suspensión temporal del usuario de Bankia por motivos de seguridad a todos aquellos usuarios que son clientes de la mencionada banca online. La realidad es que nos encontramos ante un nuevo tipo de estafa telefónica que ya ha sido puesta en mano de las autoridades.

    No pinches en el link del SMS de Bankia: podrían robar tus datos

    Así lo confirmaba FACUA el pasado mes de noviembre, y así lo hemos podido comprobar tras acceder al enlace que se adjunta con el supuesto mensaje de Bankia. El SMS suele rezar lo siguiente:

    ** “Bankia-ES”: Usuario deshabilitado por razones de seguridad. www.bit.do/clientesapp-6544c activar ahora **

    La página enlazada imita a la perfección la pasarela de acceso que Bankia proporciona a los clientes de la banca online. Basta con echar un vistazo al dominio de la web para comprobar que nos encontramos ante un caso de phising, o lo que es lo mismo, suplantación de identidad.

    TTCS Robo datos sms bankia

    Aspecto de la página web enlazada. El propio navegador da un aviso de seguridad “El dominio no es seguro”.

    El objetivo de la web no es más que el de hacerse con los datos de los clientes del banco español para realizar extracciones fraudulentas de efectivo. Como podemos apreciar en la imagen, el formulario solicitará a los clientes el DNI, NIF o número de pasaporte junto con la clave de acceso, datos imprescindibles para acceder a la web de Bankia. Desde tuexperto.com recomendamos desechar el SMS cuanto antes para evitar acceder al enlace adjunto.

    Cómo bloquear los SMS del +34610928472 y otros números spam

    En Android y iOS bloquear un SMS es tan sencillo como acceder al mensaje en cuestión y acto seguido pulsar sobre las Opciones de SMS, que usualmente vienen representadas por tres puntos.

    TTCS Robo datos sms bankia 2

     

    Acto seguido pulsaremos sobre la opción Bloquear número. Automáticamente se bloqueará la recepción de cualquier SMS procedente de todos aquellos números que hayamos bloqueado previamente. Algunas capas de personalización permiten incluso crear listas de exclusión donde podemos agregar distintos números de teléfono. Lo ideal es crear una lista para las siguientes numeraciones:

        • 610928470
        • 610928471
        • 610928472
        • 610928473
        • 610928474
        • 610928475
        • 610928476
        • 610928477
        • 610928478
        • 610928479

    #agenciaespañoladeprotecciondedatos #protecciondedatos #usofraudulentodedatos #proteccioneninternet #internetseguro

    Fuente: Tuexpertomovil

  • Nueva multa de la AEPD a Mercadona: 170.000 euros por no entregar a una clienta imágenes de las cámaras

    Nueva multa de la AEPD a Mercadona: 170.000 euros por no entregar a una clienta imágenes de las cámaras

     

    Mercadona ha recibido una nueva multa de 170.000 euros de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ya en julio de 2021 le impuso otra sanción de 2,5 millones. Si entonces fue por instalar aparatos de reconocimiento facial en algunos de sus establecimientos, esta vez ha sido por no entregarle a una clienta las imágenes de las cámaras de seguridad, que aquella había solicitado tras sufrir un accidente en uno de sus establecimientos.

    Según informa El Confidencial Digital, una mujer que sufrió un accidente en una tienda de Mercadona, para reclamar por los daños sufridos, solicitó las imágenes de las cámaras de videovigilancia a los cuatro días del incidente, cumplimentando para ello un formulario situado en el apartado de Política de Privacidad de la página web de Mercadona. La mujer recibió un mensaje confirmando la recepción.

    Tras más de un mes sin respuesta, la afectada remitió un correo al Delegado de Protección de Datos de Mercadona (DPD). Esta vez la respuesta era distinta: allí no habían recibido ninguna solicitud y, por tanto, las imágenes se habían eliminado.

    Un fallo "involuntario"

    Según la Instrucción 1/2006, que regula el plazo de conservación de las imágenes, los archivos se borran cuando pasa un mes desde su grabación si nadie los reclama.

    Para entonces, la afectada ya había puesto en marcha una denuncia contra la firma, tenía en su posesión el número de referencia de la queja y las grabaciones eran la única prueba que ella tenía para presentar.

    En su escrito de alegación, Mercadona se defendió explicando que, tras una investigación interna, se había detectado un "error humano" en la gestión de la reclamación civil presentada por la clienta. Un fallo "involuntario" que provocó que la gestión nunca llegara a conocimiento del DPD.

    Dos multas por sendas infracciones

    La empresa intentó llegar a un acuerdo por los daños y perjuicios sufridos y, también, por los derivados de no atender su derecho de acceder a sus datos personales. Además, Mercadona comunicó a la AEPD que se habían tomado medidas disciplinarias, técnicas y organizativas para evitar que este fallo volviera a ocurrir.

    La AEPD, que considera insuficientes estos argumentos, precisa en la resolución sancionadora que la empresa no ha detallado cuál ha sido el error humano que condujo al borrado de las imágenes. Además, según el organismo, aunque la clienta hubiera desistido en su reclamación tras el acuerdo alcanzado, ello no implica el archivo del procedimiento sancionador porque, de hecho, se había vulnerado la normativa de protección de datos personales.

    Por los motivos expuestos, la AEPD ha decidido sancionar a Mercadona con una multa de 170.000 euros por dos infracciones: una por vulnerar el artículo 12, relacionado con el número 15 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que se refiere a la transparencia de la información, comunicación y modalidades de ejercicio de los derechos del interesado (70.000 euros). La otra (100.000 euros), por incumplir el el artículo 6 de dicho reglamento: la licitud del tratamiento de los datos del cliente.

    No es la primera vez para Mercadona

    El pasado 22 de febrero, el Boletín Oficial del Estado publicó una resolución de la AEPD en la que plasmó un listado de empresas que durante 2021 recibieron sanciones por más de un millón de euros.

    Mercadona ocupa el cuarto lugar, por la ya citada multa de 2,5 millones impuesta por la AEPD a raíz de la colocación de cámaras de reconocimiento facial que, tras esa medida sancionadora, retiró de sus establecimientos. Junto a la empresa de distribución aparecen en el listado Vodafone, BBVA y EDP.

     

    AEPD multa Mercadona

    Fuente: Facua

  • Prohibido que te pidan datos 'indiscretos' para un préstamo

    Prohibido que te pidan datos 'indiscretos' para un préstamo.

     

     

     

     

     

    Ante algún robo de datos, los bancos tienen la obligación de avisar a sus clientes e informar las medidas preventivas que se deben tomar.

    Proteccion de datos

    Ante el eventual robo de bases de datos, o en casos de vulneración en los sistemas de seguridad, los bancos tienen la obligación de avisar inmediatamente a sus clientes y explicarles las medidas preventivas que deben tomar, según informó Notimex.

    En entrevista con Notimex, la comisionada del Inai, Patricia Kurczyn Villalobos, resaltó que las personas afectadas por estas situaciones, deben acudir al Ministerio Público a presentar la denuncia correspondiente.

    Comentó que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) no está facultado para conocer de delitos, ni siquiera los relativos a la obtención y uso indebido de datos personales.

    Sus facultades en la materia son supervisar que los bancos cuenten con las medidas de seguridad adecuadas y que informen a los clientes a través del llamado Aviso de Privacidad, sobre el uso que darán a los datos personales.

    Recordó que los bancos deben tener un Aviso de Privacidad y difundirlo a sus clientes a través de todos los documentos que se dan por escrito, en los estados de cuenta, en sus portales web, entre otros medios.

    Entre otros puntos, los Avisos de Privacidad deben explicar la forma en que los clientes podrán ejercer sus “derechos A.R.C.O” es decir, la forma en que podrán Acceder, Rectificar y Cancelar sus datos, así como Oponerse a su difusión.

    Vale recordar que en caso de no contar con el aviso de privacidad los sujetos obligados podrán hacerse acreedores a sanciones que van de 100 a 160 mil días de salario mínimo, de acuerdo con el Artículo 64 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

    Kurczyn Villalobos recordó que no solo los bancos sino los médicos, hospitales y otras empresas que manejen datos personales deben contar con Aviso de Privacidad.

    Asimismo recomendó a los ciudadanos ser cuidados de a quién le proporcionan sus datos y cuidar que los datos solicitados sean congruentes y necesarios para el servicio que se recibe de las empresas.

    “Por ejemplo, para darnos un préstamo, el banco puede preguntar cuál es tú ingreso, pero no el de tu cónyuge”, señaló.

    Agregó que toda empresa en posesión de datos personales está obligada a apegarse a los principios de calidad, consentimiento, finalidad, información, lealtad, licitud y responsabilidad.

    Respecto al robo de la base de datos de Grupo Financiero Banorte, revelado la semana pasada, Kurczyn Villalobos señaló que el Inai acaba de conocer del caso, por lo que se reservó su opinión.

     

    Fuente: sipse

  • Protección de Datos acusa a Google de incumplir el ‘derecho al olvido’

     

    Protección de Datos acusa a Google de incumplir el ‘derecho al olvido’

    El director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), José Luis Rodríguez Álvarez, ha denunciado este jueves en Santander que el buscador Google incumple las sentencias del Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) sobre el ‘derecho al olvido’ de los ciudadanos porque “no bloquea los datos” de las personas físicas en su servidor mundial (Google.com), aunque sí lo hace de los nacionales (Google.es, en el caso de España).

    Así, ha considerado “inaceptable” este comportamiento de Google, pero también ha aclarado que “no se trata de la extraterritorialización” del ‘derecho al olvido’ fuera de los países europeos, sino de que “no se pueda eludir” la obligación del cumplimiento de la sentencia del TJUE, tal y como ha asegurado esta tarde en el encuentro ‘Retos de protección de datos en las sociedades actuales’, que se está celebrando esta semana en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP).

    El ‘derecho al olvido’ es el derecho de cualquier persona física a solicitar a los buscadores de Internet que no indexen enlaces con información personal suya, siempre y cuando no tenga relevancia pública ni sea de interés.

    En este sentido, Rodríguez Álvarez ha reconocido que con esta medida “obviamente” no se impide el acceso a la información de las personas físicas desde cualquier punto del mundo, y que “incluso alguien con conocimientos especializados utilizando un proxy, podría acceder a la información”.

    “No es la solución perfecta, pero es la que más se aproxima. No tenemos otra, salvo borrar el original, pero borrar el original es una cuestión distinta. Esto afecta mucho a la libertad de expresión y afecta al derecho de acceso a la información”, ha relatado el director de la AEPD. A este respecto, ha reivindicado que la AEPD “siempre ha buscado la solución que suponga el menor impacto en el derecho a la información”.

    En este sentido, ha defendido que “no se deben tocar las fuentes” de la información, ya que “tienen que permanecer intactas salvo que por las razones que tradicionalmente venimos aplicando a los límites de la libertad de expresión, se hayan rebasado” estos límites. “Una cosa es la publicación y otra es la difusión de esa información”, ha sostenido.

    Por su parte, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Eduardo Méndez Rexach, ha asegurado que Google “tiene el monopolio de casi todos los buscadores, pero hay unos pocos” que no pertenecen a esta compañía. Durante su intervención en el encuentro ‘, Rexach ha aclarado que la jurisprudencia sobre el ‘derecho al olvido’ es reciente y que “se debe garantizar su cumplimiento en toda la Unión Europea”.

    “Ahora somos más conscientes de la repercusión de la gestión de los datos personales. Estamos reaccionando ante las consecuencias reales”, ha afirmado, al tiempo que ha incidido en que el “primer impulso” para que se cumpla este derecho –que, según ha matizado, se trata en realidad de la unión de los derechos de acceso, modificación, cancelación y oposición–, debe ser de los ciudadanos y que “después ya actuarán los tribunales”.

     

    Fuente: diariodeavisos

  • Protección de Datos amplía la investigación de la app Radar COVID

    Protección de Datos amplía la investigación de la app Radar COVID tras admitir a trámite una denuncia

     

    La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ampliará la investigación de la aplicación Radar COVID, lanzada por el Gobierno para tratar de combatir la pandemia del coronavirus.

    El organismo ha admitido a trámite la denuncia presentada por Pau Enseñat el pasado 8 de septiembre en nombre de Reclamadatos, empresa dedicada a desvelar qué datos personales están en manos de organizaciones y reclamarlos. En concreto, Enseñat denunció a la Secretaría General de Administración Digital (SGAD), ente encargado de implantar la app Radar COVID en nuestro país.

    En la denuncia, Reclamadatos pedía un análisis para resolver si la Radar COVID cumplía con los principios de licitud, lealtad, transparencia y responsabilidad proactiva reflejados en el Artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ya que la SGAD no ha publicado la Evaluación de Impacto sobre la Protección de Datos. También se alega que la Política de Privacidad de la app no tiene definidas las funciones y responsabilidades de las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas. "Además, no se dan detalles sobre los plazos de conservación de los datos para fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, algo que exige Bruselas", explicaba Pau Enseñat tras presentar la denuncia.

    La reclamación se ha integrado al expediente iniciado el pasado 23 de junio por el cual la AEPD anunciaba el comienzo de las investigaciones para saber si el tratamiento de los datos de los usuarios de la app desarrollada por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA) se ajusta al Reglamento General de Protección de Datos.

    Fuentes del sector jurídico explican que hay "indicios razonables de vulneración de la normativa. Protección de Datos tenía tres meses para pronunciarse respecto a la denuncia de Reclamadatos, pero han empleado menos de un mes en responder".

    Desde el organismo encargado de velar por el buen tratamiento de los datos de los españoles no facilitan información respecto al estado del procedimiento, o si hay más empresas o corporaciones que hayan reclamado a la aplicación ante la AEPD. "Al estar en esa fase de actuaciones previas, la Agencia no puede puede facilitar información sobre las mismas", declara la Agencia.

    La AEPD tendrá que mover de nuevo ficha tras concluir las investigaciones, un proceso que podría durar hasta doce meses. Las mismas fuentes jurídicas consideran que "atendiendo al problema y situación actual lo lógico es que esta fase del proceso se acelere lo máximo posible".

    Radar Covid - AEPD - Proteccion  de datos

    El antecedente noruego

    Si tras la investigación se resuelve que hay evidencias de un mal tratamiento de los datos de los usuarios de Radar COVID, se deberá iniciar un expediente sancionador. Así las cosas, antes de que la sanción sea en firme la AEPD podría tomar medidas provisionales, como exigir el cambio del tratamiento de los datos o suspender temporalmente la aplicación para que no pueda ser utilizada.

    Un supuesto que en Noruega ha sido una realidad. La app Smittestopp para reducir los contagios en el país nórdico cesó su actividad el pasado mes de junio. El organismo competente en el ámbito de Protección de Datos en la nación prohibió al Instituto Noruego de Salud Pública continuar recopilando datos de los ciudadanos a través de la app, cuyo uso quedó, por consiguiente, interrumpido.

    El punto 'caliente' que provocó que la autoridad de datos noruega decidiera detener el uso de la app estaba en que la plataforma utilizaba el GPS de los teléfonos, algo que no sucede con Radar COVID. La aplicación española se sirve de la tecnología bluetooth para cruzar los datos de contagiados o posibles contagiados, pero en ningún caso accede al GPS.

    #protecciondedatos #aepd #radarcovid #usoinapropiadodeinformacion #agenciaespañoladeprotecciondedatos #proteccionciudadana

    Fuente: Vozpopuli

  • Protección de Datos investiga a la Comunidad de Madrid por la difusión de información personal de los docentes

    Protección de Datos investiga a la Comunidad de Madrid por la difusión de información personal de los docentes

    La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha anunciado que va a  iniciar actuaciones de investigación a la Comunidad de Madrid para obtener información en relación con la difusión de datos personales de trabajadores de centros docentes para que asistieran este miércoles a realizarse pruebas serológicas ante el inicio de curso.

    En concreto, la Comunidad convocó en la tarde de este martes a cientos de docentes en el IES Virgen de la Paloma para someterse a estos test. Sindicatos y docentes, además de Facua Madrid, han denunciado que este proceso se salta la ley de protección de datos.

    Varios docentes han puesto de manifiesto que en la noche del martes recibieron un correo electrónico, en el que les citan para una PCR que les realizará Ribera Salud este miércoles por la mañana, acompañado de un documento adjunto con datos de casi 17.000 trabajadores del Área Territorial Madrid-Sur.

    En el documento, en formato hoja de cálculo, aparecen los nombres, apellidos, sexo y el carácter de docentes o no docentes de 16.720 trabajadores así como el lugar y hora en el que están citados para la prueba para el diagnóstico del coronavirus, según explica Facua.

    Por ello, lo ocurrido incurriría en una vulneración del artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, según la organización.

    El caos organizativo de esta jornada ha sido de tal calibre que pasado el mediodía la consejería de Educación ha suspendido las pruebas del coronavirus a los docentes de la capital por la saturación y las largas colas registradas. La Comunidad pretende realizar hasta el próximo lunes pruebas de anticuerpos a alrededor de 100.000 docentes.

    Agencia Espanola Proteccion Datos - PCR docentes - Vuelta al cole  - Coranovirus

    #agenciaespañoladeprotecciondedatos #protecciondedatos #informacionpersonal #leyorganicadeprotecciondedatos #AEPD

    Fuente: Publico

  • Protección de Datos multa con 12.000 euros a un comercio por publicar fotos de un sin techo

    Protección de Datos multa con 12.000 euros a un comercio por publicar fotos de un sin techo

    La Agencia Española de Protección de datos ha multado con 12.000 euros en total a Recambios Villalegre S.L., una empresa de Asturias, por difundir la fotografía de una persona sin hogar en su cuenta de Facebook. El comercio denunció que era él el responsable de un robo y, tras la publicación, el sin techo comenzó a sufrir acoso en la ciudad. 

    No fue una carta, sino dos sucesivas, el 23 y el 25 de julio de este año, remitidas a Protección de Datos por un particular. “Me pongo en contacto con ustedes debido al acoso y amenazas que está sufriendo un pobre indigente”, decía la misiva. 

    La empresa asturiana publicó en Facebook que la persona sin hogar había robado 480 euros de la caja registradora y adjuntaba una fotografía tomada de las cámaras de videovigilancia. “Algo totalmente ilegal, más aún cuando la empresa carece de cartel informativo de zona videovigilada en sus instalaciones”, explicaba la denuncia. 

    La publicación tuvo repercusión en la ciudad de Avilés y fue compartida por un gran número de usuarios con comentarios vejatorios, insultantes e incluso amenazantes. “Puesto que esta persona carece de recurso alguno para tratar de solucionar el problema que le han causado de forma intencionada, y tras comunicarme su decisión de abandonar la ciudad (en el mejor de los casos) por todo lo que está sufriendo, me veo en la obligación de comunicarlo”, decía el denunciante.  

    Empresa multada por publicar imagenes de las camaras de seguridad

    Un segundo escrito 

    La empresa Recambios Villalegre puso una denuncia por lo que el sin techo fue detenido, pero puesto en libertad sin cargos por falta de pruebas tras un juicio rápido. Los medios de locales se hicieron eco del caso por lo que la repercusión de este hecho fue creciendo. Motivo por el que el particular envía una segunda carta a la Agencia de Protección de Datos.

     motivo alguno por el cual someter al acusado a semejante exposición social”, explicaba la segunda misiva.  

    El denunciante exponía también que la empresa había hecho circular por grupos de Whatsapp otra fotografía de la persona tomada de frente y en la que era perfectamente reconocible la cara de la persona.

    En la publicación de Facebook decía: “Este señor que se pasa los días pidiendo ayuda muy educadamente por el centro [...] y en especial, por las terrazas de los bares, hoy por la tarde nos ha entrado en nuestro negocio y en un momento que hemos tenido que estar en la parte de atrás de la tienda, ha entrado por dentro del mostrador y se llevó todo el dinero que teníamos en efectivo. Las cámaras lo han grabado perfectamente. Ruego máxima difusión para ayuda de todos”. 

    En la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, se especifica que el tratamiento de las imágenes se ha utilizado y difundido sin el consentimiento del interesado, por lo que impone a la empresa una multa de 10.000 euros. Además, a esto se suman otros 2.000 porque la empresa tenía cámaras de videovigilancia sin estar señalizado en la puerta que se estaba grabando. 

    #protecciondedatos #agenciaespañoladeprotecciondetdatos #AEPD #publicarfotossinpermiso #usoinapropiadodeinformacion

    Fuente: Elconfidencialdigital

     

  • Según unos estudios, hasta el 70% de las empresas viola la nueva protección de datos

    Hasta el 70% de las empresas viola la nueva protección de datos, según una encuesta

    Las compañías de fuera de la UE que ofrecen sus servicios en Europa cumplen mejor la normativa que las propias empresas europeas

    Las empresas extranjeras tienen más miedo a las sanciones del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE que las propias compañías europeas. Es uno de los resultados de una encuesta sobre la aplicación de la nueva normativa, que arroja que hasta un 65% las empresas de la UE no cumplen con la nueva normativa. En el caso de las empresas no europeas, la cifra es del 50%.

    Los datos han sido proporcionados por Talend, empresa dedicada a ofrecer servicios de integración de datos en la nube. Su investigación se basa en las solicitudes de datos personales realizadas entre el 1 y el 3 de septiembre a 103 empresas con sede o que operan en Europa. La empresa  evaluó las respuestas a las solicitudes de los artículos 15 ("Derecho de acceso del interesado") y 20 ("Derecho a la portabilidad de los datos") del RGPD. "El 70% de las empresas no pudieron cumplir con las solicitudes de acceso y portabilidad de datos dentro del plazo marcado por el RGPD", señala la empresa. El Reglamento General de Protección de Datos entró en vigor el pasado 25 de mayo y es de directa aplicación para todos los países de la UE. 

    Los sectores analizados fueron  el comercio minorista, los medios de comunicación, la tecnología, el sector público, las finanzas y los viajes. Las empresas peor puntuadas pertenecían al sector del comercio minorista: el 76% de las compañías de retail encuestadas no respondieron, mientras que el sector más cumplidor, Servicios Financieros, sólo logró una tasa de éxito del 50%. 

    Aprobado proyecto ley proteccion datos

    Datos muy preocupantes: solo el 63% de las pymes españolas conocen el Reglamento 

    El sector de las pequeñas y medianas empresas es el que mostró más dificultades para adaptarse a la nueva protección de datos europea. Según otra encuesta de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) cuyos resultados se hicieron públicos en julio, " casi cuatro de cada diez empresas, no tienen aún conocimiento de esta normativa".

    El estudio de la AEPD también pone de relieve la falta de recursos de muchas pymes para poder afrontar las obligaciones de la normativa en materia de protección de datos, aunque también "manifiesta la actitud positiva de estas empresas para cumplir sus obligaciones en este ámbito", señaló la Agencia. Así un 85% están dispuestas a contratar un servicio de asesoramiento; un 79% muestran su disposición a informarse mejor sobre el Reglamento y un 60% optan por gestionar la protección de datos con medios propios.

    Fuente: eldiario

     

  • Solucionado el problema que dejaba al descubiertos los datos personales y tarjetas de crédito de los jugadores de Fortnite

    Una compañía de ciberseguridad descubrió tres vulnerabilidades en el registro de cuentas del videojuego Fortnite,que dejaron expuestos los datos personales y de tarjetas de crédito de los jugadores.

    A través de estos fallos los ciberatacantes podían tomar el control de las cuentas de usuarios del juego, con la posibilidad de hacer compras de objetos con la moneda virtual V-Buck.

    Según informó la empresa Check Point, este problema también afecta a la privacidad, ya que el ciberdelincuente podría escuchar las conversaciones dentro de Fortnite accediendo al sonido grabado por el micrófono de los usuarios durante el juego, así como a la información personal almacenada en las cuentas. Estas nuevas vulnerabilidades podrían haber sido explotadas sin que el jugador introduzca ningún dato de acceso. Para ello, se aprovecha la infraestructura web de Epic Games y el sistema de autenticación basado en 'tokens'.

    Una vez que se hace click, el 'token' de autenticación de Fortnite del usuario puede ser capturado sin que su dueño tenga que introducir ninguna credencial. La vulnerabilidad se originó por los defectos encontrados en dos de los subdominios de Epic Games que eran susceptibles a una redirección maliciosa. La compañía de ciberseguridad le informó a Epic Games, la desarrolladora de Fortnite, acerca de las vulnerabilidades de su videojuego, que suma cerca de 80 millones de jugadores a nivel global. Según la propia Check Point, la empresa que encontró el fallo, el problema ya fue solucionado.

    FORNITE DATOS DESCUBIERTOS

     

    Fuente: Tn.com

  • Tres formas sencillas de preservar tu anonimato en Internet

    No es fácil mantener nuestro anonimato en Internet. Desde el momento en el que encendemos el ordenador, sistemas operativos como Windows 10, nos identifican, cuentan al mundo desde donde nos conectamos e incluso, las actividades que llevamos a cabo. Y aunque para muchas personas esto no es necesariamente un problema, para otros, proteger su identidad en Internet puede ser vital en su vida diaria (activistas, disidentes políticos, etc.) o profesional (periodistas, determinados cargos políticos, etc.)

    ¿Pero cómo podemos mantenernos ocultos en Internet? Si preguntásemos a los expertos, probablemente nos recomendarían contar con dos perfiles. Uno “público” con el que actuar con total normalidad, y otro “oculto” destinado a proteger nuestra identidad en determinados escenarios. Separar ambos perfiles nos ayuda por un lado, a mimimizar el riesgo de que ambos se solapen en algún momento y por otro, nos facilita crear un mindset propio para nuestras actividades anónimas.

    Dicho lo anterior, dar los primeros pasos en este mundo no es tan complicado como podría parecer. En MuySeguridad hemos establecido tres niveles (principiante, intermedio y paranoico) que no miden tanto la dificultad del méotodo, como la importancia que le damos a nuestra privacidad en la Red.

    Nivel Principiante: Navega utilizando TOR

    Aunque no es infalible, desde luego TOR es una gran forma de proteger nuestra identidad en Internet. Y aunque podemos instalarlo en cualquier equipo, para nuestro propósito (ese “mindset” del que hablábamos antes) lo más interesante es instalarlo en una llave USB.

    Basado en Firefox, el navegador de Internet TOR (The Onion Router) enruta nuestra conexión a Internet a través de múltiples nodos, de modo que cuando finalmente nos conectamos a la Red, nuestra se oculta la IP real a través de la que nos estamos conectando.

    El uso básico de TOR es tan sencillo como usar cualquier otro navegador web. Para configuraciones más avanzadas y descubrir qué otras cosas podemos hacer.

    Nivel intermedio: Utiliza Tails

    Si TOR te ha sabido a poco, o si lo que quieres es que anonimizar algo más que tu navegador web, puedes darle una oportunidad a Tails (The Amnesic Incognito Live System), una distibución Linux que pone el foco en el respeto por la privacidad de sus usuarios.

    Como en el caso de TOR, Tails puede ser instalado en una llave USB,  aunque también podemos utilizar un disco duro externo. En ambos casos, contaremos con la ventaja de no dejar rastro en ninguno de los equipos en los que la utilicemos.

    Además de utilizar los nodos de la red TOR para cualquier conexión a Internet, este desarrollo basado en Debian, encripta por defecto nuestros archivos, emails, comunicaciones de mensajería instantánea, etc. y nos promete que borra los archivos que no deseemos de forma completamente segura.

    Nivel paranoico: Utiliza un equipo dedicado…y algo más

    Pero si realmente crees que mantenerte anónimo va a formar parte de tu actividad habitual, lo más interesante es que te hagas con un equipo dedicado. Ojo, no cualquier equipo. En primer lugar te interesa un equipo con el que no te puedan conectar. Así que nada de comprarlo en Internet o utilizando una tarjeta de crédito. Limítate a dinero en efectivo y aún más, al mercado de segunda mano.

    Por supuesto, olvídate de Windows. Servicios como Cortana, OneDrive y muchos de los que incluye Microsoft van a revelar quién eres en menos que canta un gallo. Linux (en cualquiera de sus variantes) será una vez más, nuestro mejor aliado.

    A la hora de utilizar este equipo, olvídate por completo de usar ninguno de los servicios on- line que utilizas en tu vida pública. Nada de Gmail, redes sociales, o cualquier otra aplicación en Internet que pueda dar datos sobre tu verdadera identidad. Y, por supuesto, no te olvides de tapar tu webcam. Nunca se sabe quién hay al otro lado.

     

    TTCS  seguridad

     

    #leyorganicadeprotecciondedatos #privacidadeninternet #usofraudulentodedatos #protegeteeninternet

    Fuente: Muyseguridad

     

     

  • Twitter afirma que podría haber usado datos de usuarios para anuncios sin su permiso

    Twitter afirma que podría haber usado datos de usuarios para anuncios sin su permiso

     

    La red social Twitter ha informado este martes de que podría haber utilizado datos para anuncios personalizados sin el permiso de sus usuarios debido a problemas con la configuración de la página web. La compañía ha señalado que ha descubierto esos problemas recientemente y que han sido solucionados este lunes, aunque no ha detallado quién podría haberse visto afectado.

    Los datos del consumidor son una fuerte herramienta que las empresas usan para decidir dónde colocar sus anuncios, qué contenido mostrar y qué consumidores podrían estar interesados en el producto. Las grandes empresas tecnológicas han estado bajo el escrutinio de los reguladores de todo el mundo sobre sus prácticas de intercambio de datos. Los datos que Twitter ha afirmado que podría haber utilizado incluyen el código de país, los detalles de su compromiso con un anuncio en particular y las inferencias hechas sobre los dispositivos que usan. La empresa se ha disculpado a través de su página web y ha prometido tomar medidas para no repetir el «error».

     

    TTCS Twitter datoss

     

    #protecciondedatos #usofraudulentodedatos #proteccioneninternet #internetseguro

    Fuente: Ultimahora