• Un ‘hacker’ roba 68.000 euros de las cuentas municipales de Maria de la Salut

    Un ‘hacker’ roba 68.000 euros de las cuentas municipales de Maria de la Salut

    Un hacker que envió un correo fraudulento al Ajuntament de Maria de la Salut consiguió robar 68.000 euros de una de las cuentas bancarias municipales.

    El hecho delictivo tuvo lugar hace cuatro meses y salió a la luz en el último pleno municipal cuando las formaciones en la oposición, X Maria y PP, denunciaron «la nula transparencia del alcalde Biel Mas (PI) a la hora de dar a conocer estos hechos».

    Tras las pesquisas llevadas a cabo por la Guardia Civil, en colaboración con la entidad bancaria, el importe íntegro ha sido devuelto al municipio. La investigación continúa abierta y desde el Ajuntament no desean hacer ningún tipo de declaración hasta que no se haya resuelto el caso por completo.

    El origen de esta estafa se encuentra en el método de phishing (suplantación de identidad) que el delincuente utilizó para apropiarse de los datos bancarios del ayuntamiento.

    Según fuentes de la investigación, un trabajador municipal cayó en el engaño al recibir un correo que supuestamente remitía la entidad bancaria y en la que se solicitaban las credenciales para acceder a la banca electrónica. El hacker tuvo acceso a la cuenta bancaria del Ajuntament de Maria de la Salut y realizó una transferencia de 68.000 euros.
    La denuncia por parte de los responsables municipales no se hizo esperar, aunque han tenido que esperar hasta hace poco más de un mes para recuperar la cantidad sustraída.

    Robo Maria de la Salut hacker phising

    Reacciones

    El portavoz de X Maria, Guillem Jordà, critica «la falta de transparencia del alcalde» y asegura que «fue él quien cayó en la estafa. No fue un funcionario como se ha dicho».

    Por su parte, el portavoz del PP, Jaume Ferriol, coincide en que «ha sido un acto que demuestra la nula transparencia del equipo de gobierno. Nos hemos enterado de este delito gracias a una conversación puntual».

     

    Robo Maria de la Salut hacker phising

     

    #robomariadelasalut #phisingmallorca #ataquecibernetico #usoinapropiadodeinformacion #robodedatos #robodeinformacion

    Fuente: Ultimahora

  • ¿El colegio puede publicar fotos de mis hijos en Internet?

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    Hoy en día, la mayoría de los centros educativos tienenpresencia en Internet, y es habitual ver quecomparten en redes sociales fotos y vídeos de sus alumnos, así como que publiquan en su blog o página web las actividades educativas que se llevan a cabo. En la Línea de Ayuda en Ciberseguridad deINCIBE (a través de Internet Segura for Kids, su canal para menores) son frecuentes las consultas por parte de educadores y padres en relación a la toma y uso de fotografías en los colegios. Por eso, en este artículo aportamos información básica para salir de dudas.

    Uso de fotos por el centro educativo

    Los centros educativos están legitimados para realizar el tratamiento de datos personales necesarios para la función docente, como puede ser contar con una fotografía para el expediente académico. Sin embargo, para las instantánes hechas con fines complementarios a la función educativa, como una actividad en el aula o una excursión, es necesario contar con la autorización de los padres, excepto en situaciones donde prime el interés superior del menor.

    Las imágenes, la voz o un vídeo que permitan la identificación inequívoca de una persona también se entienden como datos personales. En el caso de los menores hasta 14 años, es necesario contar con el consentimiento paterno para tratar estos datos. Por eso, lo adecuado es informar a los padres o tutores de la posibilidad de que se tomen fotografías de sus hijos, así como especificar su finalidad y periodo de validez: si se subirán a la web del centro, si se emplearán en documentos que se pueden hacer públicos, si se compartirán en redes sociales o si estas estarán abiertas o restringidas.

    Una opción recomendable es utilizar distintas autorizaciones según el uso que se les vaya a dar. Para facilitar esta tarea, los centros educativos pueden apoyarse en los distintos modelos de consentimiento sobre datos personales que desde Internet Segura for Kids del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) han creado.

    Tratamiento y gestión de fotos desde el centro educativo

    El propio centro educativo decidirá cómo gestionar este tipo de información personal de la manera más apropiada, en función de sus necesidades, siempre y cuando cumpla con el actual Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

    Lo adecuado es valorar las opciones antes de tomar la decisión, pues en muchas ocasiones se publican en redes sociales con el único fin de compartirlas con las familias. Ante esta situación, se podría proponer la alternativa de almacenarlas en un servidor de archivos con una gestión adecuada de usuarios y sus privilegios, para evitar la difusión pública de las imágenes. Eso sí, se debe prestar especial atención a la forma de guardar estas fotos con seguridad, teniendo en cuenta dónde las almacenamos y cómo (lo idóneo sería cifradas). Se trata de evitar tanto su pérdida accidental, como el que alguien las pueda ver sin permiso.

    También es importante que el personal del centro docente aplique buenas prácticas como: conocer las políticas sobre protección de datos; dominar la política de protección de datos de las aplicaciones informáticas que se usan en el colegio; planificar qué hacer si sucede una pérdida, daño o tratamiento ilícito de esos datos; y disponer de los consentimientos necesarios en caso de ceder datos personales a empresas a las que se contraten servicios o con las que se colabore.

    ¿Qué ocurre cuando son los padres quienes realizan las fotos?

    En algunas ocasiones, cuando se celebran fiestas organizadas por el propio centro, como en fin de curso, las actividades, los festivales u otros eventos, las familias acuden al colegio y es común que realicen fotos o vídeos de sus hijos. El problema puede surgir cuando en ellas aparecen también otros niños. Y es que, aunque se quiera hacer un uso doméstico de ellas y no compartirlas en Internet, se debería disponer del consentimiento del resto de padres implicados si sus hijos también aparecen en ellas.

    El responsable sería la persona que capta o difunde las imágenes, por lo que si las hace un padre, no sería responsable el centro educativo. No obstante, siempre es conveniente que el colegio actúe de intermediario y defina estos aspectos trasladando a las familias buenas prácticas a seguir. Para ello puede informar con un criterio claro sobre si se permite o no la toma de fotografías y vídeos en este tipo de actos a través de una circular. Y un buen momento para hacerlo puede ser en la misma nota informativa donde se convoca a los padres a la celebración, aprovechando además la ocasión para invitarles a reflexionar sobre un uso responsable de la imagen de sus hijos.

    En resumen...

    Compartir públicamente fotografías en las que aparezcan menores puede originar situaciones como el grooming, por lo que es importante cuidar los datos personales y valorar las consecuencias de compartirlas, ya que pueden afectar a la privacidad y reputación. Además, hay que considerar que cualquier grupo de datos que por separado no permitan la identificación de una persona, pero sí en su conjunto, son considerados dentro del ámbito jurisdiccional de los datos personales y no pueden ser tratados por terceros libremente sin consentimiento. Por lo tanto, se debe tener en cuenta que:

    • Proteger la privacidad de los menores no es un capricho. Los padres o tutores están en su derecho de querer proteger la privacidad de su hijo, por lo que se debe respetar la decisión de oponerse a que el centro escolar publique contenido del menor.
    • Buscar alternativas para que nadie sea excluido. En los casos en los que no se cuente con la autorización de los padres para que la imagen de su hijo se comparta en Internet, se puede optar por pixelar, difuminar u ocultar los rostros de esos niños en las fotos. En ningún caso, se debe excluir de actividades a los menores que no tengan dicho consentimiento, ya que siempre debe prevalecer el "interés superior del menor" y este principio también incluye la ecuanimidad dentro de sus necesidades educativas.
    • Facilitar distintos modelos de consentimiento según la finalidad de uso de las fotos. Además, es importante tener en cuenta que la autorización concedida por los padres está sujeta al derecho de rectificación y oposición.
    • Valorar los pros y contras de hacer públicas esas imágenes desde el centro educativo. Dependiendo de la finalidad que se busque con la compartición de fotos y vídeos, una alternativa es la de crear una intranet a la que solo puedan acceder los familiares con un usuario y contraseña. Una vez que se comparte algo a través de Internet (Facebook, Instagram, página web, etc.), escapa de nuestro control pudiendo llegar a personas que no deseamos.
    • Fijar unas normas claras en cuanto a la realización de fotografías en el recinto escolar. Además, es recomendable informar a las familias de aspectos como la responsabilidad del autor si se incumplen las normas fijadas; por ejemplo, ante situaciones como captar imágenes desde el exterior del recinto en el momento que los menores disfrutan del recreo.
    • ¡Cumplir con el RGPD desde el centro educativo! Un recurso útil para ello puede ser apoyarse en la' Guía para centros educativos' de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

    ¿Eres partidario de las fotos en el cole? ¿Sabes cómo las gestionan en el centro educativo de tu hijo? Recuerda que si continuas con dudas, puedes consultar de manera gratuita y confidencial a la Línea de Ayuda gratuita en Ciberseguridad de INCIBE: 900 116 117.

    TTCS protección de datos niños

    #agenciaespañoladeprotecciondedatos #protecciondedatos #usofraudulentodedatos #proteccioneninternet #internetseguro

    Fuente: Diariocolmenar

  • ¿Hasta qué punto son seguras las tarjetas contactless?

     

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    Las tarjetas bancarias, ya sea de crédito o débito, son cada vez más utilizadas en nuestros días. Es una forma de pago muy cómodo, seguro y que podemos utilizar cada vez en más lugares. En los últimos años se han popularizado especialmente las tarjetas contactless. En España podemos decir que roza el 100% hoy en día. Sin embargo la seguridad es una cuestión muy importante para los usuarios. En este artículo vamos a explicar cómo funcionan las tarjetas contactless y hasta qué punto son seguras. También vamos a dar algunos consejos para evitar problemas. Ya explicamos cómo pagar con seguridad con tarjeta por Internet.

    TTCS seguridad pagar contactless 2

     

    Cómo funciona una tarjeta contactless

    La forma en la que funciona una tarjeta contactless es muy sencilla. Básicamente consiste en acercar el plástico (o metal, ya que últimamente están apareciendo este tipo de tarjetas) al terminal compatible. De esta forma se genera una conexión entre ambos y podemos realizar el pago.

    Ahora bien, ¿cómo es esto posible? Para ello hay que saber que utilizan NFC. Es la misma tecnología que está presente en muchos teléfonos móviles. Es un medio de transmisión inalámbrica que sirve para identificarnos o realizar pagos, principalmente. En el caso de las tarjetas es justo esto lo necesario.

    Las tarjetas en su interior tienen una pequeña antena NFC. Es algo que no podemos apreciar a simple vista, ya que es muy fina y se encuentra dentro. Esta antena es la que permite conectarse a un TPV para realizar el pago. Un proceso que tarda menos de 1 segundo. No hay que confundir esto con el chip visible que tenemos en la tarjeta (EMV).

    Teóricamente la tecnología NFC puede funcionar a una distancia máxima de entre 10 y 20 centímetros. Sin embargo en la práctica lo normal es que no funcione más allá de los 4 o 5 centímetros. Es esta la distancia a la que tendremos que poner, como máximo, nuestra tarjeta contactless.

    ¿Pueden robarnos con una tarjeta contactless?

    Ahora bien, algo que preocupa a muchos usuarios es el tema de la seguridad. Como sabemos, con una tarjeta contactless podemos pagar sin introducir el PIN. Eso sí, la cantidad máxima suele ser de 20 euros en España. La mayoría de bancos permiten modificar esta cantidad e incluso algunos bloquean temporalmente la tarjeta si hemos realizado muchos pagos sin introducir el PIN en un mismo día.

    Una de las dudas que más preocupa a los usuarios es qué pasaría si pasamos cerca de un TPV y realizamos un pago que no queremos. Incluso si alguien va con un dispositivo por la calle, en lugares muy concurridos, se acerca a nosotros y nos cobra. La realidad es que este proceso es muy complicado. Hay que tener en cuenta que solo se puede cobrar a través de TPV verificados, con un registro previo. En caso de cualquier fraude, siempre podríamos denunciarlo.

    Pero claro, lo cierto es que el riesgo existe. Está claro que es una opción muy remota, pero podrían robarnos hasta el máximo que tengamos configurado en nuestra tarjeta. Esto es algo que podría ser un problema si viajamos a otro país donde todo esto esté menos controlado.

    TTCS seguridad pagar contactless

     

    Consejos de seguridad para nuestras tarjetas contactless

    En nuestra mano tenemos algunas acciones que pueden mejorar la seguridad de nuestras tarjetas contactless. Una de ellas es la de reducir el límite máximo para pagar con este método, si así lo queremos. De esta forma nos pedirían el PIN cuando vayamos a pagar.

    ambién podemos hacer uso de fundas con protección RFID. De esta forma incluso aunque la pongamos pegada al lector TPV no funcionaría. Es una manera muy interesante de proteger la tarjeta.

    Otra cosa que podemos hacer es apagar la tarjeta cuando no vayamos a usarla. Es algo que muchos bancos ofrecen directamente desde la aplicación del móvil. Simplemente con pulsar el botón esa tarjeta estará encendida o apagada. Muy útil si vamos a ir de viaje y llevamos una tarjeta de reserva en la mochila y no queremos ningún tipo de problemas.

     

    Fuente: Redeszone

  • ¿Puedo recibir una multa de la AEPD por escanear el pasaporte de un cliente?

    ¿Puedo recibir una multa de la AEPD por escanear el pasaporte de un cliente?

    Un hotel español acaba de recibir una multa de 30.000€ por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Todo, por escanear el pasaporte de un turista holandés. La situación ha trascendido en el sector, que se pregunta por las implicaciones a corto y largo plazo de esta manera de actuar. Sobre todo, porque podría afectar a la gestión de los alojamientos turísticos, incluyendo a los campings.

    Desde la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) han reaccionado con conmoción y desconcierto ante la noticia. Sobre todo, porque aseguran que lo que ha ocurrido se trata de un procedimiento habitual usado por los establecimientos para cumplir precisamente con las exigencias que marca el deber de información.

    Al fin y al cabo, hoteles y campings necesitan tener un registro de viajeros. En este caso, aseguran que se trataba de una manera de verificar la identidad del viajero si en algún momento perdía la tarjeta de acceso a su cuarto. Pero es que, además, también es un paso necesario para acceder al resto de servicios que ofrecen en sus instalaciones.

    Por tanto, la polémica está servida. En CEHAT han solicitado urgentemente a las administraciones turísticas que se creen otras normas que impidan que esto vuelva a repetirse. Para entender mejor lo que ha ocurrido, vayamos por partes. Así también podremos saber las implicaciones que podría tener este suceso en el futuro inmediato del sector viajes.

    ¿Por qué se ha producido la multa?

    De acuerdo a Protección de Datos, el motivo es que el hotel Marins Playa ha utilizado la foto del pasaporte del cliente para elaborar una ficha digital. En ella, se incluían datos personales del huésped sin que este hubiese dado su permiso. Sin embargo, CEHAT insiste en que es una manera de prevenir el uso fraudulento de la tarjeta de acceso y para comprobar que el titular de la tarjeta de los consumos internos era el mismo cliente.

    Este hecho ha sido considerado una infracción muy grave del artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD. Por tanto, ha sido sancionada con la cuantía 30.000 euros, que es la mínima para un hecho de este nivel. No hay que olvidar que las sanciones muy graves pueden ascender hasta los 20 millones de euros o a un 4% de la facturación total del establecimiento, dependiendo de cuál sea la mayor de estas dos cantidades.

    Lógicamente, habrá establecimientos a estas alturas preguntando cómo se han desencadenado los acontecimientos. En este caso todo surge en el momento en el que el ciudadano holandés pone una reclamación ante la Autoridad de Protección de Datos (AP) de Países Bajos. Según ha contado, el local puso la imagen a disposición de las tablets de los empleados para que verificaran su identidad sin que él hubiese tenido conocimiento previo de ello.

    Desde allí luego se ha trasladado la demanda a la AEPD, que es quién ha dictado la sentencia. De no haber sido por la intervención inicial del huésped, es posible que la multa no se hubiese producido. Sin embargo, esto sigue planteando un dilema a los alojamientos, que se arriesgan a que ocurran de nuevo situaciones que podrían derivar en grandes pérdidas económicas y de confianza para campings y hoteles.

    ¿Cuál ha sido la defensa del hotel?

    En base a este hecho, CEHAT denuncia que la decisión de la AEPD se suma a las permanentes quejas sobre la inseguridad jurídica. También han insistido en la sensación de persecución que los empresarios turísticos sienten en materias de protección de datos. Sobre todo, porque las normativas exigen elaborar y facilitar a las empresas turísticas información necesaria para el Ministerio del Interior.

    La patronal considera que el sector siempre se ha mostrado abierto a colaborar. De ahí que, a partir de la tecnología, el mecanismo habitual y eficiente para cumplir este requerimiento era el escaneo del documento para que los datos fueran fidedignos. El propio hotel afectado aseguró al cliente holandés que el procedimiento de escaneo era necesario porque seguían las instrucciones de la policía.

    De hecho, la AEPD en un primer momento llegó a considerar lícito el tratamiento legal de los datos. Sin embargo, la AP holandesa aseguró que no se estaban valorando bien todas las pruebas. Su argumentación es que el alojamiento podía haber utilizado métodos menos intrusivos para verificar la identidad del titular de la tarjeta del hotel. Por ejemplo, consideran que el apellido, el número de habitación o incluso la firma hubiesen sido buenas alternativas.

    Sin embargo, el medio Confidencial Digital asegura que el hotel ha insistido en todo momento que todos estos métodos permiten una suplantación de identidad: si alguien escuchase la información, podría haberla usado en su nombre. Como no hacían alusión a estos métodos en la sección «Política de Privacidad» de su página web, finalmente la AP desestimó sus argumentaciones. En su comunicado oficial aseguran que no habían informado debidamente al huésped y, también, que el tratamiento de datos personales es innecesario y desproporcionado.

    ¿Entran en conflicto las leyes?

    A pesar de todo, la Confederación apunta que esto entraña unos importantes riesgos por la inseguridad jurídica. Consideran que hay una falta de coherencia de interpretación entre lo solicitado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las normas de protección de datos personales. No solo eso, es que además han manifestado su preocupación por la entrada en vigor del Real Decreto 933/2021 el próximo 28 de abril.

    La nueva ley recopila las obligaciones de recogida y comunicación de datos. Sin embargo, todavía no existe un documento de desarrollo específico para hoteles que se ajuste a la tecnología de los sistemas informáticos habituales utilizados. Por eso CEHAT ha manifestado tanto al Ministerio de Turismo como al de Interior la imposibilidad de recoger los datos solicitados en este Real Decreto.

    Bien sea porque campings y hoteles no tienen acceso a los mismos o porque están prohibidos por normativa española y europea, lo consideran inviable. Además, esta nueva normativa también contempla importantes sanciones, que podrían entrañar un riesgo. Al mismo tiempo, exige a los hoteleros datos de la transacción económica que son tratados por los proveedores de servicios de pago y plataformas, sin que los establecimientos tengan acceso a ellos por razones de seguridad.

    Por su parte, los proveedores de medios de pago, por razones de seguridad y siguiendo protocolos aprobados por el Banco de España, los encriptan de manera que el hotel no tiene acceso a ellos. Es decir, que en los próximos meses podemos encontrarnos con una situación compleja a nivel de legalidad y recogida de datos en los hoteles.

    ¿Qué riesgos existen para campings y hoteles?

    En base a todo lo que hemos comentado, los establecimientos se encuentran ante una disyuntiva. Aunque permanece vigente la obligación de rellenar y firmar el parte de entrada, la tecnología ha dejado anticuado este método de check-in tradicional. De hecho, CEHAT señala que otras tipologías de establecimiento de alojamiento que no sean campings y hoteles no disponen de servicios de recepción donde se pueda cumplimentar esta obligación.

    Teniendo esto en cuenta, la patronal ha solicitado a las administraciones turísticas que se creen otras normas que impidan el actual desconcierto, o se posponga la entrada en vigor del Real Decreto hasta que haya una norma de desarrollo con posibilidades de cumplimiento. De lo contrario, creen que se podrían producir negativas de información para la seguridad del Estado.

    «No es aceptable obligar a un establecimiento a proporcionar datos a mano en el año 2022, ya que mucha de la información solicitada en estas normativas excede los datos que aparecen en el documento digital de identidad del viajero», señala Ramón Estalella, secretario general de CEHAT.

    Al final, desde la Confederación exponen que los campings y hoteles pueden encontrarse ante la tesitura de tener que elegir entre ser sancionados por incumplir o bien las normas de Registro de Viajeros o bien las de Protección de Datos. Por tanto, consideran que son necesarias nuevas herramientas tecnológicas que ayuden a solventar el problema de los alojamientos.

     

    multa AEPD escanear pasaporte

    #AEPD #agenciaespañoladeprotecciondedatos #privacidaddedatos #usoinapropiadodeinformacion #multaAEPD

    Fuente: Campingprofesional

  • ¿Qué hacer si he sido víctima de un ciberataque?

    Medidas preventivas para garantizar tu seguridad 

    Aunque se habla mucho sobre la ciberseguridad y cómo tener nuestras cuentas resguardadas, en muchas ocasiones esto no es suficiente y somos un blanco fácil para este tipo de atracos, ante esto, ¿qué se puede hacer si hemos sido víctima de un ataque?

    La empresa Kardmatch señala que si ha sido afectado, lo primero es ir a la sucursal más cercana o comunicarse lo antes posible con la institución financiera sobre lo acontecido; mientras más rápido, mejor; de lo contrario, los delincuentes podrían atacar de nueva cuenta.

    Verificar con su banco que no existan compras o cargos que no haya realizado o autorizado, y en caso de ser así, ponga una denuncia para que se abra una investigación y detectar cuántos movimientos se realizaron.

    A su vez, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) indica que en caso de identificar algo anormal en los movimientos de sus cuentas como cargos no reconocidos, disposición de efectivo sin que se haya realizado, solicitud de créditos que no tramitó, notifíquelo de inmediato a su banco y de manera paralela al organismo gubernamental para que ambos tengan conocimiento que las acciones se realizaron contra su autorización.

    Agrega que es necesario contactarse con los establecimientos comerciales implicados en donde se hayan hecho compras, esto para solicitar la cancelación del producto o servicio y se pueda emitir una alerta de fraude.

    En tanto, la agencia de seguridad informática rusa Kaspersky expone que en caso de su ordenador o móvil hayan sido infectados con algún tipo de malware (virus malicioso) capaz de sustraer su información, lo primero es tratar de evitar que se expanda.

    En segundo lugar, se debe evaluar el tipo de información que estuvo expuesta y que todas las cuentas personales; tanto correos como redes sociales, se infectaron, por lo que se deben cambiar todas las contraseñas de las cuentas. Especifica que dependiendo los datos almacenados en la banca móvil, se debe contactar de manera inmediata a la institución bancaria, para analizar que no se corrieron riesgos.

    La ciberseguridad no solamente debe relacionarse a cuestiones financieras o económicas protegiendo sus datos bancarios, también debe blindarse información personal que sea sensible y confidencial.

    La firma rusa explica que lo primero que se debe proteger son las redes informáticas en casa a través del uso de software de seguridad o un antivirus que proteja su ordenador personal contra cualquier tipo de ataque proveniente de páginas de Internet infectadas con malware .

    En tanto y como medidas precautorias, la Condusef recomienda no realizar compras o transferencias electrónicas en ordenadores de uso público o en sitios que no cuenten con el protocolo de seguridad y un candado en la barra de direcciones.

    De igual forma aconseja monitorear regularmente sus cuentas bancarias, tener una contraseña diferente para cada cuenta y cambiarlas periódicamente alternando mayúsculas, minúsculas y números. Se insiste en no responder ningún tipo de correo sospechoso o mensajes de remitentes desconocidos que le digan que resultó ganador de un premio o donde le informen que su institución bancaria.

     

    protege tus datos

     

     

    Fuente: eleconomista

     

     

     

  • ¿Qué precauciones debemos tener en cuenta a la hora de comprar online?

    ¿Qué precauciones debemos tener en cuenta a la hora de comprar online?

     
    Los marketplace o mercados digitales son un tipo de plataforma para la compraventa de productos a través Internet que, al igual que ocurre con las plataformas de e-commerce o comercio electrónico, han ganado una gran popularidad entre los consumidores. Pero ¿cuál es la diferencia entre ellos?
    • Marketplace: podríamos definirlo como un centro comercial online, es decir, un espacio donde diferentes proveedores ponen a la venta sus productos para que nosotros, los consumidores, hagamos nuestras compras.
    • E-commerce: la principal diferencia es que, se trata de una tienda online donde se venden los productos de una marca o empresa, exclusivamente.

    ¿Qué riesgos existen dentro de estas plataformas?

    Aunque este tipo de plataformas de compra online nos ofrezcan numerosas ventajas, siempre existe la posibilidad de que se utilicen de forma fraudulenta para obtener un beneficio a costa de nosotros, los usuarios, debido a su gran popularidad.

    Algunos de los principales riesgos son:

    • Sitios web falsos. Plataformas falsas que copian el estilo de otras tiendas oficiales con el objetivo de atraernos a ellas para compartir nuestra información personal y/o caigamos en estafas con las que perder nuestro dinero.
    • Perfiles falsos de vendedor. Los ciberdelincuentes también pueden registrarse en un marketplace con el objetivo de vender productos falsos o ficticios que nunca llegarán al usuario.
    • Métodos de pago poco fiables. Existen métodos más seguros que otros, y aquellas ofertas más llamativas pueden esconder formas de pago poco fiables.

    En el caso de los marketplace, necesitarás crearte una cuenta donde incluir algunos datos personales, como: nombre, dirección, número de teléfono, información de pago, etc. Los negocios de e-commerce, también requerirán esta información, aunque la diferencia está en que no, necesariamente, necesitas una cuenta para poder comprar en línea.

    ¿Cómo podemos prevenirlo?

    En el momento en que publicamos información personal en una web, debemos estar alerta y tener en cuenta una serie de precauciones para evitar caer en un fraude:

    • Hacer compras en páginas web de confianza en el que figuren el nombre, domicilio y el CIF de la empresa. Muchas veces los ciberdelincuentes crean páginas web parecidas como trampas.
    • Antes de introducir los datos de nuestras tarjetas o cualquier otra información sensible, debemos asegurarnos de que sea un sitio seguro. La barra de dirección debe empezar por “https” y contener el icono de un candado.
    • Debemos asegurarnos de que la plataforma cuenta con diferentes métodos de pago, usar el que se adecue mejor a nuestras necesidades y el que sea más seguro.
    • No confiemos en todas las ofertas que nos llegan por correo electrónico. Estos enlaces pueden estar infectados y robar nuestros datos.

    TTCS ciberseguridad

    #ciberseguridad #ciberataque #ciberdelincuente #protecciondedatos #usofraudulentodedatos

    Fuente: Cuadernosdeseguridad

  • ¿Te conectas a una WiFi pública? Esto es a lo que te enfrentas.

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    ¿Te conectas a una WiFi pública? Esto es a lo que te enfrentas

    Casi todos lo hemos hecho. En una cafetería, en un aeropuerto, en una feria. No nos resistimos. Ahí está, una Wi-Fi pública lista para usar, completamente gratuita. Y no sólo eso, sino que en un más fácil todavía, ni siquiera nos tenemos que registrar. Conectar y listo. No importa que los expertos en seguridad informática nos lo hayan desaconsejado una y otra vez.Necesitamos conectarnos.

    Con suerte, no nos habrá pasado nada. Pero desde luego, esa no habrá sido la mejor idea que hayamos tenido ese día. Conectarse a una WiFi pública, sobre todo si no está securizada, puede suponer un gran riesgo de seguridad. Y es que muchos de los grandes robos de información de la historia no tienen su origen en un sofisticado ataque informático a la infraestructura IT de una empresa, sino en algo tan sencillo comoincentivar” a ese empleadoa que conecte su equipo a esa WiFi que no debía. Estos son los principales riesgos a los que nos podemos enfrentar.

     

    Ataques man in the middle

    Los ataques “man in the middle” se encuentran entre los más populares cuando hablamos de WiFis públicas. En este caso un atacante crea una falsa red inalámbrica, de modo que cuando su víctima se conecta, actúa como “intermediario” de todo el tráfico de Red.

    De esta forma elhackerpuede interceptar direcciones web, nombres de usuario, contraseñas y toda la información que viaja entre el dispositivo que se conecta a Internet y la red Wi-Fi infectada. Y si esto es grave cuando nos conectamos con un dispositivo personal, la situación empeora si lo hacemos con un dispositivo corporativo.

    Ni siquiera es un proceso complicado.Para demostrar la vulnerabilidad de este tipo de conexiones, en 2010 un desarrollador de Firefox lanzóFiresheep,una extensión que permitía “secuestrar” sesiones HTTP (conexiones de red, sesiones de usuario, contraseñas, etc.) prácticamente pulsando un botón.

     

    Servidores maliciosos

    Otro ataque “clásico” cuando hablamos de WiFis públicas, es el uso de servidores maliciosos. En este caso, el atacante suele escoger una red WiFi pública (por ejemplo la de un restaurante) que no tenga contraseña y la clona con un nombre muy similar parautilizarla como señuelo.

    A partir de aquí elhackerpuede optar por ese ataque “man in the middle” que hemos visto antes o decidir por ejemplo, gracias a una herramienta open-source comoFruityWifi(pensada originalmente para realizar auditoría de redes),alterar las direcciones IPde los servidores DNS de la víctima para que apunten a servidores maliciosos.

    Router comprometido

    Incluso si la red Wi-Fi pública es legal, existe la posibilidad de que el router al que se conecta haya sido infectado. ¿De qué forma? Por ejemplo, con un “despiste” tan habitual como que el dueño del mismo no haya cambiado la contraseña de fábrica.

    Si esto ocurre el atacante puede acceder a todos los equipos que se conectan al dispositivo, utilizándolos para por ejemplo, engrosar las filas de un “ejército botnet”.

    ¿Te vas a conectar desde una WiFi pública? Extrema las preocupaciones

    Si tenemos en cuenta todo lo anterior, es fácil llegar a la conclusión que conectarse a una red WiFi pública no es, precisamente, la mejor idea del mundo. Pese a todo, con un poco de sentido común y teniendo en cuenta los siguientes consejos, podemos hacerlo de forma ocasional, si realmente no tenemos otra alternativa. Estos son nuestros consejos para conectarte con seguridad.

    • Mantén tu solución de seguridad actualizada, así como tu sistema operativo.

    • No visites sitios que requieran introducir datos personales (como tu banca on-line o tu correo electrónico corporativo).

    • Apuesta por webs que utilicen el protocolo de seguridad HTTPS.

    • Evita que tu dispositivo se conecte de forma automática a una WiFi abierta.

    • Deshabilita cualquier proceso de sincronización de tu equipo

    • Siempre que puedas utiliza el doble factor de autenticación.

    • Tras la conexión, elimina los datos de la red memorizados por el equipo.

    Por otro lado si vas a utilizar un equipo de tu empresa, asegúrate en la medida de lo posible que te ofrecen unaconexión VPN,de modo que las redes públicas dejen de ser un problema.

     

    TTCS empresa de seguridad y videovigilancia mallorca

    #ttcsseguridad #sistemadeseguridad #ttcssolucionesdeseguridad #agenciaespañoladeprotecciondedatos #protecciondedatos

    Fuente: Muyseguridad

     

     

  • ¿Vulneran nuestros derechos las cámaras para controlar la temperatura?

    Las cámaras para controlar la temperatura a los clientes en las tiendas se multiplican ante el silencio de Sanidad sobre la posible vulneración de derechos

     

    El Corte Inglés planea tomar la temperatura a sus clientes mediante cámaras termográficas.  Mientras la compañía mide sus pasos, crece la incertidumbre sobre este tema.

    La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) advertía hace días con este comunicado que el uso de estas cámaras genera un "importante impacto" en la privacidad de las personas. Además, el organismo de control lamentaba que grandes empresas y establecimientos de todo tipo estaban adoptando iniciativas como esta sin la "determinación previa" del Ministerio de Sanidad.

    El Gobierno, por ahora, ni confirma ni desmiente si recomendará implementar estas cámaras térmicas. "Las decisiones que se vayan tomando se irán comunicando", zanjan fuentes del Ministerio.

    Con todo, la AEPD incide en que este tipo de actuaciones deben esperar a lo que diga Sanidad. "Hay un porcentaje de personas contagiadas sin síntomas que no presenta fiebre", remacha el texto, que recuerda que además "puede haber personas que presenten elevadas temperaturas por causas ajenas al coronavirus".

    De hecho, el organismo de control asegura que estas medidas se han de aplicar con criterios sanitarios también por "proporcionalidad". "Hasta qué punto es esa utilidad —la de las cámaras termográficas— suficiente para justificar el sacrificio de los derechos individuales que las medidas suponen, (...) y hasta qué punto se podrán sustituir por otras menos intrusivas".

    La AEPD teme que el uso de este tipo de cámaras, capaces de detectar la temperatura corporal de la gente, provoquen señalamientos públicos. Un ejemplo es cuando se impida el acceso a un establecimiento por presentar fiebre: la agencia entiende que se estaría "desvelando a terceros" que la persona afectada "puede haber sido contagiada por el virus".

    Lo cierto es que no hay normativa específica que ampare el uso de cámaras termográficas en establecimientos para controlar a clientes, por lo que las empresas como El Corte Inglés y otros tantos establecimientos comerciales —incluyendo empresas municipales de ayuntamientos como el de Córdoba— que plantean hacer uso de ellas podrían acabar encontrándose con que no pueden implementar dicha tecnología.

     

    not08.05

    ¿Es la temperatura corporal un dato personal?

    Está claro que la "nueva normalidad" que impone la crisis del coronavirus supondrá, irremediablemente, profundos cambios en los hábitos y la asunción de nuevas normas. Pero todavía no está del todo claro cómo afectará el uso de estas cámaras térmicas a la privacidad de los ciudadanos.

    Es necesario precisar que la temperatura corporal puede entenderse como un dato personal. Lo explica nítidamente el experto en privacidad, el abogado y consultor Borja Adsuara: "Un dato personal es un dato asociado a una persona física, sea esta identificada o identificable". Si hay una cámara termográfica apuntando a una marabunta de gente, no se está llevando a cabo un tratamiento de datos.

    Sin embargo, la implantación de estas cámaras para controlar el acceso a recintos cerrados sí podría significar un tratamiento de datos que ahora mismo no está regulado: de ahí el comunicado de la AEPD que pide, con urgencia, pautar y regular la implantación de estos instrumentos.

    El también abogado Daniel López Carballo, de ECIJA, defiende que la temperatura no es necesariamente un dato personal que tenga que ser tratado, pero puede darse el caso de que las imágenes de una cámara termográfica se puedan asociar con las imágenes que se obtengan con otra tecnología, por ejemplo una cámara de vigilancia. En ese caso, Adsuara detalla que esa persona pasa a ser "identificable".

    Lo que dice la AEPD en esencia es que si utilizan la temperatura corporal detectada por una cámara termográfica para impedir el acceso de una persona, esta persona se verá expuesta frente a todo el mundo que guardase cola. Todos sabrán que se trata de una persona cuya temperatura corporal es anómala. En realidad, esto no significa que sea una infectada por COVID-19: la fiebre puede ser ocasionada por otras causas.

    En el trabajo sí se ampara tomar la temperatura a los empleados

    Otra cuestión es el ámbito laboral. López Carballo incide en que si te toman la temperatura en tu puesto de trabajo, de facto estás identificado: como empleado. En este caso la toma de temperatura sí estaría amparada legalmente, considera el socio de ECIJA.

    De hecho, la propia AEPD reconoce en un documento de preguntas habituales que "verificar si el estado de salud de los trabajadores puede constituir un peligro" es "obligatorio para el empleador", y que esta labor "debería ser realizada por personal sanitario".

    Pero aquí impera otra realidad: "Este aspecto se antoja complicado al encontrarnos en diferentes empresas y comercios que no contarán con personal sanitario que pueda llevar a cabo estas funciones". López Carballo deduce que se podrá contar con el personal de la Seguridad Privada para acometer estas funciones.

    Marzo piensa igual. "El personal de seguridad sí está sujeto a una obligación de sigilo profesional —similar a la de los sanitarios— por su propia normativa sectorial", detalla. También se pregunta que "cómo es posible" que la autoridad de control no concrete más este supuesto.

    De momento, en el ámbito laboral, lo único que la AEPD ha dicho es que las tomas de temperatura "deben respetar la normativa de protección de datos, obedecer a la finalidad específica de contener el coronavirus, y no extenderse a otras finalidades distintas".

    not2.08.05

    Fuente: businessinsider

  • «Tu envío está en camino» o «se ha retrasado»: Cuidado con el phishing en paquetería

    «Tu envío está en camino» o «se ha retrasado»: Cuidado con el phishing en paquetería

    Phising correos  - Proteccion de datos

     

    Investigadores de Kaspersky han detectado una nueva campaña de phishing en paquetería que, a través de correos electrónicos fraudulentos, suplantan la identidad de la empresa Correos para tratar de engañar al usuario y robarle sus datos de la tarjeta bancaria con el pretexto de un retraso en la entrega de un paquete.

    El phishing en paquetería se activa varias veces al año coincidiendo con las grandes temporadas de compra por Internet como el reciente Black Friday y Cyber Monday, jornadas masivas que exigen la entrega de millones de paquetes. Es una aviso para lo que va a ocurrir en la campaña navideña, la más importante del año para el canal minorista y con motivo de la pandemia por el COVID-19 con un esperado aumento del comercio electrónico.

    Black friday - Phisihing correos

    Un caso típico de phishing en paquetería

    Los mensajes suelen llevar como título “Su envío está en camino” y contienen un enlace para que el usuario pulse y descargue malware en su dispositivo. Para ello, los ciberdelincuentes utilizan el argumento de que la entrega no se ha podido realizar, quedando pendiente de pago los gastos de envío. La dirección del remitente, aunque indica Atención al Cliente, no coincide en absoluto con la dirección oficial de Correos.

    Si el usuario desprevenido decide hacer clic en los sucesivos enlaces se encontrará con unas pantallas muy similares a las originales. En la primera se pide el pago de 1,79€ en una supuesta web falsa que solicita datos bancarios. En la siguiente se simula la validación de los datos facilitados con el logotipo de Correos.

    Aunque lo más habitual es que los mensajes falsos lleguen a través de email, no es extraño que se utilicen también mensajes SMS. En la temporada de compras, las empresas de mensajería son uno de los ganchos más utilizados por los estafadores.

    El incremento de compras a través de internet debido a la pandemia supone un mayor número de víctimas potenciales. Algunas de ellas, no muy acostumbradas a las compras online, pueden suponer un blanco fácil para los cibercriminales. Kaspersky ofrece una serie de consejos que son los habituales contra el phishing:

    • Aplicar la cautela, aún en los mensajes de organismos oficiales. Es muy sencillo fabricar una carta/email o SMS falso que parezca real.
    • Prestar atención al texto de mensaje. Las empresas reconocidas u organismos oficiales no envían correos electrónicos con un formato erróneo, faltas gramaticales o de ortografía.
    • No abrir documentos adjuntos o hacer clic en enlaces de los correos electrónicos de los servicios de entrega, especialmente si el remitente insiste en ello.
    • En caso de duda, es preferible acudir a la página web oficial e iniciar sesión desde allí para comprobarlo
    • Utilizar una solución de seguridad de confianza para identificar los archivos adjuntos maliciosos y bloquear el phishing.

     

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    Fuente: Muyseguridad

     

     

  • 10 consejos para mejorar la seguridad en Internet

    10 consejos para mejorar la seguridad en Internet

    La seguridad en Internet está gravemente amenazada. A la típica colección de malware, cada vez más sofisticada y masiva, se ha unido en 2020 todas las consecuencias de la pandemia del COVID, un gran desafío también en materia de ciberseguridad.

    Y es que los confinamientos por la pandemia ha desplazado a millones de empleados y estudiante desde redes perimetrales generalmente bien protegidas a las de los hogares más inseguras por defecto. También ha aumentado la desinformación, las fake news y en general la manipulación de la información que algunos analistas consideran un problema más de seguridad informática.

    Por supuesto, no ha faltado malware de todo tipo, virus, troyanos y especímenes de toda condición y para todas las plataformas. Los ciberataques son cada vez más numerosos, sofisticados, peligrosos y masivos con el Ransomware y el Phishing como amenazas principales. Las violaciones de datos y del derecho a la privacidad, y el ciberespionaje que no descansa, también están a la orden del día y completan un cóctel explosivo.

    seguridad en Internet

    Seguridad en Internet

    Por todo ello el usuario común debe adoptar medidas proactivas para mejorar la seguridad. Conseguir el 100% de seguridad y privacidad en una red global y en un mundo tan conectado es simplemente imposible, pero podemos aumentar la protección observando una serie de consejos como los que te vamos a recordar en este artículo y que incluyen el fortalecimiento de las cuentas on-line, aplicaciones y equipos. Y mucho, mucho sentido común en el uso de Internet y sus servicios.

    1- Protege los navegadores

    Todos los navegadores web incluyen características avanzadas de seguridad cuya activación debemos revisar y configurar porque son las aplicaciones con las que accedemos a Internet y sus servicios. Además de revisar el cifrado de extremo a extremo en la sincronización o el aislamiento de procesos (sandbox), debemos prestar atención a los avisos sobre sitios inseguros. También debemos revisar las extensiones instaladas porque algunas son fuente frecuente de introducción de malware.

    Para mejorar la privacidad, nada mejor que usar el modo incógnito, una función que hoy ofrecen todos los grandes proveedores como sesión temporal de navegación privada que no comparte datos con el navegador, no guarda información sobre páginas web, ni historial de navegación, caché web, contraseñas, información de formularios, cookies u otros datos de sitios web, borrando éstas u otros archivos temporales cuando finalizamos la sesión.

    2- Gestiona bien las contraseñas

    Las violaciones masivas de la seguridad de los servicios de Internet están a la orden del día y con ello millones de contraseñas quedan expuestas. La realidad es que las contraseñas son un método horrible tanto en seguridad como en usabilidad, pero hasta que no se consoliden métodos más avanzados que tienen que llegar de la identificación biométrica tenemos que seguir utilizándolas.

    La regla de oro es tener una contraseña fuerte y distinta para cada sitio web. Las contraseñas largas y aleatorias previenen los ataques de fuerza bruta y el uso de una contraseña diferente para cada cuenta evita tener todas ellas comprometidas a la vez cuando se produce una violación de datos. Los gestores de contraseñas que sean capaces de generar y recordar decenas de contraseñas, son una buena herramienta para reducir los errores humanos.

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    3- Usa la autenticación de dos factores

    La autenticación de dos factores (o en dos pasos) proporciona un nivel adicional de seguridad en las cuentas ya que no basta con vulnerar el nombre de usuario y contraseña. El servicio está disponible en la mayoría de servicios importantes de Internet y conviene utilizarlo siempre que podamos.

    Generalmente, utiliza un código de verificación servido mediante una aplicación móvil o SMS, como un mecanismo para confirmar la identidad del usuario pero añadiendo seguridad adicional al uso de las contraseñas. Este método, dificulta enormemente los ciberataques, especialmente los de ‘fuerza bruta’.

    4- Utiliza soluciones de seguridad

    Sistemas operativos como Windows incluyen la solución de seguridad nativa Windows Defender como protección básica para un consumidor. Es lo mínimo que debemos usar o -mejor- apostar por los proveedores especializados que ofrecen un buen número de soluciones de seguridad, muchas de ellos gratuitas. Usuarios avanzados o profesionales deberían valorar el uso de una suite de seguridad comercial integral y también otras herramientas de seguridad como un firewall.

    Sistemas de cifrado de datos como BitLocker, disponible en algunas ediciones de Windows, son de gran utilidad para usuarios empresariales, ya que permite cifrar o “codificar” los datos de un equipo para mantenerlos protegidos haciendo frente a amenazas como el robo de datos o la exposición en caso de pérdida, el robo o la retirada inapropiada de equipos.

    5- Actualiza sistemas operativos y aplicaciones

    Todos los sistemas operativos tienen mecanismos automáticos o manuales para instalar actualizaciones de seguridad. Son parches de seguridad que se entregan cada cierto tiempo contra amenazas conocidas y son de obligada instalación.

    Tan importante -o más- que lo anterior es la actualización de aplicaciones instaladas a las últimas versiones ya que éstas suelen incluir parches de seguridad. Cuando las versiones son más antiguas, tienen mayor riesgo de ser atacadas por ciberdelincuentes que encuentran vulnerabilidades en el programa, con especial incidencia en algunas como Java, Adobe Flash o Reader.

    6- Cuidado con las redes inalámbricas gratuitas

    Los puntos de acceso gratuitos se han extendido por múltiples zonas en poblaciones, zonas de restauración, aeropuertos, estaciones de tren o metro, hoteles y en todo tipo de negocios. Varios estudios han confirmado la inseguridad intrínseca de estas redes inalámbricas públicas y la facilidad de los ciberdelincuentes para aprovecharlas.

    Deben evitarse siempre que se puedan optando por redes de banda ancha móvil dedicadas de mayor seguridad y en su defecto solo usarse para navegación intrascendente y ocasional, sin emplearlas para accesos a servicios delicados como banca on-line o aquellos que requieran autenticación real de usuario.

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    7- Usa VPN para mejorar la privacidad

    El uso de redes privadas virtuales es una opción para los que buscan una mayor privacidad  y con ello mayor seguridad en Internet, ya que ocultan la dirección IP del usuario y redirigen el tráfico a través de un túnel VPN cifrado.

    Ese grado de «invisibilidad» ofrece mejoras directas de seguridad contra ataques informáticos, de privacidad frente al robo de datos y la apropiación de identidades, y otras ventajas añadidas como proteger la identidad en línea, salvaguardar las transacciones electrónicas y compras por Internet o permitir seguridad en el uso de redes Wi-Fi públicas.

    8- Valora las llaves de seguridad hardware para cuentas vitales

    Para cuentas vitales, especialmente en entornos empresariales, conviene hacer una inversión adicional para proteger las cuentas usando un mecanismo de seguridad por hardware. Generalmente es un dispositivo en formato pendrive que se conecta a un puerto USB y contiene un motor de cifrado de alta seguridad.

    Todo el proceso se realiza dentro del hardware y aunque no se han mostrado totalmente infalibles cuando utilizando conexiones por Bluetooth, por lo general aumentan enormemente la seguridad que logramos mediante software.

    9- Utiliza copias de seguridad

    Ya decíamos que la seguridad al 100% en una red global no existe y no sólo por el malware, ya que un error en el hardware puede provocar la pérdida de la preciada información personal y/o profesional. La realización de copias de seguridad es por tanto altamente recomendable para un usuario y profesional que pretenda proteger la información personal y corporativa de un equipo informático, además de ser una tarea de mantenimiento que contribuye a la salud del hardware.

    Las copias de seguridad deben almacenarse en un dispositivo de almacenamiento externo al de nuestro equipo o en un servicio de almacenamiento en nube que ante cualquier ataque nos permita recuperar los datos.

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    10- Sentido común

    La prudencia es una de las barreras preferentes contra el malware y conviene extremar la precaución contra ataques de phishing o ransomware que a poco que prestemos atención podremos prevenir, porque para ser efectivos usan precisamente el descuido del usuario.

    Para ello, debemos evitar la instalación de aplicaciones de sitios no seguros; la apertura de correos electrónicos o archivos adjuntos no solicitados que llegan de redes sociales o aplicaciones de mensajería; la navegación por determinadas páginas de Internet; o usar sistemas operativos y aplicaciones sin actualizar, que contienen vulnerabilidades explotables por los ciberdelincuentes en las campañas de malware.

    Fuente: Muyseguridad