El resguardo adecuado de los datos personales
El alto valor que actualmente tiene la información personal debe ponernos en alerta para vigilar que la tengamos bajo control



La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de 2002 fue el primer paso que se dio en México para establecer que los datos personales constituyen información confidencial y requieren del consentimiento de los individuos para su distribución, difusión o comercialización.

Las posteriores reformas a los artículos 6, 16 y 73 de la Constitución, fueron el preámbulo para la aprobación de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que a pesar de haber sido obligatoria desde el 6 de julio de 2010, se prorrogó hasta el 6 de enero de 2012 para ejercer los derechos ARCO: acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Esta Ley se aplica al tratamiento, automatizado o no, de datos personales, es de orden público y de observancia general en toda la República.

Los sujetos regulados por la LFPDPPP son las personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el tratamiento de datos personales. La Ley exceptúa a las sociedades de información crediticia en cuanto a lo ordenado por su regulación específica y las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial

FUENTE:CNN México.com