Tres años después de la entrada en vigor del Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos todavía son muchas las empresas para las que este apartado de su quehacer diario sigue ocupando un lugar secundario, como lo refleja que a 31 de diciembre de 2010 tan sólo 72.622 entidades de titularidad privada habían inscrito ficheros de carácter personal en el Registro General de Protección de Datos. "Una cifra pequeña si se tiene en cuenta que prácticamente todas las empresas y autónomos, por no decir el cien por cien, manejan algún dato susceptible de comunicarse con carácter obligatorio a este Registro". 
Así lo explicaba a este semanario el abogado del Gabinete Jurídico Tecnoiuris, Jacob Peregrina, recordando que el coste de adaptación a la nueva normativa es relativamente pequeño si se tiene en cuenta que las multas que se imponen en el caso de incumplimiento pueden llegar hasta los 600.000 euros para las infracciones consideradas muy graves.
En este sentido, Peregrina señala que el desconocimiento casi absoluto sobre el tema ya no puede ser utilizado como “excusa” para no cumplir con la Ley, ya que  el régimen transitorio que se fijó para la implantación de las medidas de seguridad en las empresas “ha sido un plazo más que suficiente”, apunta.
Y como ejemplo, recordaba que no tener inscrito el fichero es considerado como una falta leve que conlleva una sanción económica de 600 euros, cuantía que se eleva hasta los 600.000 euros si éste se utiliza de forma irregular.

FUENTE: eldiadigital.es