Una denuncia presentada por el Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos (SPPLB) ante la Agencia Española de Protección de Datos por la gestión del Ayuntamiento de Xirivella ha acabado con «la apertura de un expediente por, entre otros, carecer de máquina destructora de papel, falta de información al ciudadano sobre a dónde van sus datos una vez obtenidos por los agentes a los efectos de las productividades, ficheros de datos de la empresa privada que lleva el trámite de multas o fichero de protección de imágenes de las cámaras».

Por todo ello, la Agencia Española de Protección de Datos «ha abierto expediente al Ayuntamiento y ha remitido un escrito dándole un mes para que comunique el resultado de las acciones llevadas a cabo para atender la reclamación». El Consistorio «está gestionando el requerimiento y ya ha adquirido una trituradora de papel que ha instalado en la central de la Policía Local» para no «volver a tirar ningún documentación y ser destruidos».

Mercado de Xirivella

 

Fuente: lasprovincias

 

Facua llevará ante la AEPD a Google

La brecha de datos que sufrió Google+ en agosto de 2018, que afectó a más de 500.000 usuarios y que ha terminado con el cierre de la red social (previsto para dentro de 10 meses) tendrá sus consecuencias en España. Porque Facua-Consumidores en Acción ha decidido denunciar este incidente ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Desde la organización argumentan que datos como nombres de usuario, correos electrónicos, direcciones, fotografías y todo tipo de información sensible habrían podido estar expuestos durante los últimos tres años, a pesar de que la multinacional ha asegurado que las publicaciones y los mensajes no han sido filtrados.

Según asegura Facua en un comunicado, teniendo en cuenta el alto número de cuentas que se han visto afectadas, “con gran probabilidad se habrá producido el acceso no autorizado a datos de consumidores residentes en España, donde la red social tiene mucha presencia”. Para justificar la demanda, la organización recuerda que el Reglamento Europeo 2016/679, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos, recoge que el tratamiento de sus datos personales solo será lícito si “el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos”, entre otros.

Asimismo, el artículo 32 de la misma normativa establece que “el responsable y el encargado del tratamiento aplicarán medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo”, entre otras, “la capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento”.

De igual forma, Facua también invoca a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) que indica que los responsables de los ficheros, Google en este caso, “deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Además, tanto el Reglamento como la LOPD prohíben el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico y racial, las opiniones políticas y las convicciones religiosas o filosóficas, entre otras, salvo consentimiento expreso y por escrito del interesado. Facua entiende que, dado el carácter de una red social como Google+, caben muchas posibilidades de que los datos personales que fueron filtrados entren en esta categoría de ‘ especialmente protegidos’, teniendo en cuenta el tipo de información que suelen subir los usuarios a las redes sociales”.

 

LLega el cierre de Google Plus

 

Segundo gigante ante la AEPD en pocas semanas

Google+ no ha sido la única red social que Facua ha llevado ante la AEPD en los últimos tiempos. De hecho, Facebook también fue denunciada por la brecha de datos que hace escasas semanas dejó a merced de los cibercriminales los datos y perfiles de 50 millones de usuarios. La organización pidió un expediente sancionador porque entiende que los supuestos autores de este ciberataque masivo “podrían haber sustraído datos personales de terceros recogidos en Facebook, en cuyo caso habrían tenido acceso a informaciones personales de millones de ciudadanos”.

Fuente: computerworld

 

 

 

Nueva denuncia ante la Agencia de Protección de Datos

FACUA, la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucíasolicitará a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que emprenda actuaciones ante las amenazas que un usuario de Sevilla denuncia haber recibido tras rechazar los servicios de telecomunicaciones que le ofertó un comercial en una llamada telefónica.

“Te voy a joder la vida”“vamos (a) por ti”“ahora te jodes”“te jodo vivo”“gentuza”“tenemos todos tus datos personales, tanto los de tu cuenta bancaria como los de tu teléfono… Son algunos de los insultos y amenazas que pueden oírse en una de las llamadas recibidas por Raúl D.M. y que ha publicado el diario El Español. En ella, el hombre le asegura que es “exconvicto” y que no va a poder localizarlo para denunciarlo porque trabaja para una subcontrata que oferta los servicios de MásMóvil. Esta compañía ha asegurado al citado diario que el uso de su marca habría sido utilizado de manera fraudulenta por parte de la persona que llamó al usuario.

En la llamada, el supuesto comercial también advierte al usuario de que sabe cuál es su dirección y que“se le puede hacer algún pago adicional en su cuenta bancaria”“en cualquier momento” porque “eso de vez en cuando no se nota”“Espero que canceles todos los servicios que tengas, porque si no te clavo a facturas, no me conoces todavía”.

 

Facua denuncia

 

FACUA entra en acción

El afectado es socio de FACUA y ha solicitado a la asociación que denuncie el caso, por lo que su equipo jurídico reclamará a la AEPD que abra una investigación. Tras confirmar desde qué empresa se produjeron las llamadas, dato que ya maneja el usuario porque las numeraciones desde las que le llamaron eran visibles, Protección de Datos puede incoar un expediente sancionador por el uso ilícito de la información personal que se ha realizado por parte de uno de sus trabajadores. FACUA ha aconsejado a Raúl que presente asimismo una denuncia en la Policía Nacional ante la gravedad de las manifestaciones que se vertieron en la llamada.

 

Fuente : contrainformacion

En la Agencia Española de Protección de Datos aumentan las reclamaciones de las llamadas publicitarias NO deseadas

La Policía Nacional apuesta por dar unas indicaciones a los ciudadanos que estén cansados de soportar las tediosas e insistentes llamadas publicitarias en horas consideradas como inoportunas. Ante la negativa a ser considerados maleducados por no responder a números desconocidos comerciales, muchos ciudadanos podrán seguir los consejos de esta iniciativa a través de unos sencillos trucos y así esquivar estas llamadas.

Los consejos también indican que si después de poner en práctica estos derechos y sugerencias la llegada de publicidad no deseada no cesa, se pueden presentar reclamaciones a la Agencia Española de Protección de Datos.

A través de la lista Robinson puedes restringir la publicidad no deseada inscribiendo tus datos de forma gratuita y voluntaria. Otra de las fórmulas para rechazar el uso de información privada es no marcar automáticamente la casilla “He leído y acepto”. La acción de marcar esta casilla, según señala la policía, es importante ya que podemos pedir de forma gratuita que no nos incluyan en la oferta.

Derecho a no recibir publicidad

Mediante el ejercicio del derecho de oposición y derecho de supresión podemos evitar llamadas con fines comerciales de cualquier empresa. Además, la policía remarca que podemos retirar nuestro consentimiento para que puedan utilizar nuestros datos con fines publicitarios aun habiéndolo permitido anteriormente. Los consejos explican cómo es posible revocar el consentimiento prestado en cualquier momento y a través de un medio sencillo como un teléfono gratuito.

Esta lista elaborada por la Policía Nacional también nos recuerda cómo desaparecer de las guías telefónicas. Para lograr que nuestro número no conste en esta guía de abonados se debe llamar a la propia operadora y solicitar que eliminen el teléfono y datos.

La Policia Nacional ha publicado en su página oficial de twitter el siguiente twit para dar a conocer a los ciudadanos las pautas a seguir.

policia Twitt

 

Fuente: cronicaglobal

 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción grave al Grupo Municipal Socialista de Noja, cuya cuantía no se especifica en el fallo, por la difusión de un vídeo a través de Facebook en el que se ve como un grupo de vecinos increpa al concejal de Medio Ambiente, Javier Martín (PSOE), tras personarse en su despacho municipal el 21 de junio de 2016 para pedirle explicaciones por la tala de unos árboles en el parque Marqués de Velasco.

En el vídeo se puede ver en un momento dado como el concejal se dirigió a la esposa de uno de los vecinos con las siguientes palabras : «Yo hago lo que me sale de los cojones, tú puedes hacer lo que te dé la puta gana», lo que provocó que el marido le amenazase al edil diciéndole «como vuelvas a hablar así a mi mujer, te parto la cara; te doy una así y te sacó por la ventana», al tiempo que levantaba el brazo con el puño cerrado.

Estos hechos llevaron al edil socialista a denunciar inicialmente a los seis vecinos presentes, lo que derivó en un juicio celebrado el 1 de marzo de 2017 sobre delitos leves. Durante el mismo, se retiró la denuncia contra cinco de los vecinos y se condenó al sexto a pagar una multa de 540 euros por una delito de amenazas leve. El problema estalló cuando el PP subió a las redes sociales extractos de la sentencia y el PSOE, al considerarlo una manipulación, publicó en su página de Facebook el vídeo íntegro durante tres días en el que se reconoce perfectamente a los protagonistas que participaron en la discusión.

 

 agencia de proteccion de datos

 

El portavoz socialista en Noja alegó que las personas que aparecen son o han sido cargos del PP en el Ayuntamiento o, en su caso, miembros o simpatizantes del mismo o de otros partidos políticos como Vox. Sin embargo, Protección de Datos considera que ser afín a un partido político o haber ido en una candidatura en 2015, máxime cuando no se ha aprobado su elección, no es justificación para poder airear los datos personales sin su consentimiento previo. Además, no considera acreditado que cuatro de las cinco personas que aparecen hayan desempeñado ningún cargo en ninguna administración.

A pesar de ello, el Grupo Socialista denunciado entiende que frente al derecho fundamental de la protección de datos de los denunciantes, que se recoge en el artículo 18.4 de la Constitución, prevalece la satisfacción del interés legítimo que ampara al portavoz para ejercer el derecho a la libertad de expresión, opinión e información como medio para relacionase con los cuidados en aras a conformar una opinión política y pública frente al uso torticero de una sentencia por parte del PP, y al que los denunciantes se encuentras vinculados por su militancia o simpatía.

Protección de Datos le reprende de nuevo al reiterar que la mayoría de las personas que aparecen no tiene relevancia pública «por lo que no están obligadas a soportar un recorte o intromisión ilegítima en su derecho como ciudadanos particulares a la protección de sus datos personales». Y, además, le recuerda que las amenazas no están relacionadas con la petición de explicaciones por la tala de eucaliptos que motivó la visita vecinal, sino con la actitud previa mostrada con la esposa del condenado. Por lo cual, la Agencia de Protección de Datos considera que no es necesario publicar el vídeo para demostrar a los nojeños un probado delito de amenazas. Y le reprende porque para responder al PP podía haber optado por una respuesta «menos intrusiva para los afectados que publicar sus imágenes en una red social».

Atendidas las circunstancias que concurren en el presente caso, «no resulta posible apreciar que la libertad de expresión justifique el tratamiento realizado sin consentimiento de los afectados». En este caso concreto, no se propone la adopción de medidas correctoras ya que el vídeo fue retirado del Facebook socialista.

Fuente: eldiariomontanes