El 28 de enero se celebra el Día Mundial de la Protección de Datos, con motivo del aniversario de la firma del Convenio 108 para la Protección de los Individuos con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de carácter personal, persiguiendo como principal objetivo concientizar a las instituciones públicas sobre la importancia de proteger la información privada y sensibilizar a la ciudadanía sobre los alcances de difundir sus datos personales, sobre todo en el ámbito del uso de tecnologías. 

Como resultado de este fenómeno mundial, México ha reformado y adecuado diversas legislaciones en los diferentes niveles de gobierno, partiendo por las recientes reformas al artículo 16 de la Constitución General de la República, en el que se contempla el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales, además de publicarse la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares con la finalidad de regular este derecho.

En consecuencia, la Comisión para el Acceso a la Información Pública Y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla, como órgano garante del derecho de acceso a la información, en el marco del Día Mundial de la Protección de Datos confirmó su compromiso por impulsar mecanismos de protección de estos datos ante la constante amenazapor el mal uso de las tecnologías de la información, reiterando su interés de conformar una sólida red de colaboración entre los organismos públicos y los ciudadanos para el manejo adecuado de la datos de las personas.

El CCN es el único partido de carácter regional – también lo ha hecho Compromiso por Gran Canaria - que cumple con la Ley Orgánica de Protección de Datos. La formación que dirige Ignacio González ha readecuado recientemente sus ficheros de datos físicos y automatizados conforme a la normativa de aplicación según RD 1720/2007 a través de una empresa consultora externa. Dicha empresa ha confirmado que el CCN es la única formación establecida en todo el Archipiélago que ha realizado esta adecuación.

Con este hecho, la formación centrista cumple con la LOPD Personales 15/1999 de 13 de Diciembre y garantiza la seguridad de los datos almacenados de sus afiliados y simpatizantes. El CCN, en cumplimiento de la normativa vigente, tiene a disposición de sus afiliados y simpatizantes el Documento de Seguridad Obligatorio así como las directrices obligatorias que la propia Ley demanda.

Esta adecuación, así como la redacción del Documento de Seguridad que lleva aparejada, ha sido realizada a través de una empresa de consultoría externa, aspecto que garantiza la imparcialidad y transparencia en la adaptación a la LOPD.
Con ello y conformidad a este reglamento de aplicación, tiene a disposición de los ciudadanos el Documento de Seguridad obligatorio en el que se detallan las distintas medidas adoptadas para cumplir con la LOPD.

1.- La Ley Sinde permite torear la valoración y la toma de decisiones judicial sobre qué contenidos son lícitos y cuáles no en Internet.

La decisión de la Comisión tendrá carácter vinculante y ejecutivo para las partes.

La ejecución de la resolución arbitral (sección primera) de la Comisión de Propiedad Intelectual (órgano administrativo con funciones de arbitraje) se despachará en un "procedimiento ejecutivo judicial", en un Juzgado, donde el juez ordenará que se cumpla lo dispuesto por la Comisión de Propiedad Intelectual sin opción a valorar o decidir si el contenido que se elimina es o no lícito, sin entrar a valorar el fondo de la cuestión, por la naturaleza propia del proceso judicial que se insta. 

La Ley Sinde dice además que: La sección (segunda) podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información que vulnere derechos de propiedad intelectual o para retirar los contenidos que vulneren los citados derechos siempre que el prestador, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial. 

Acordada la medida por la Comisión, solicitará del Juzgado competente la autorización para su ejecución, referida a la posible afectación a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución.

Por si a alguien le quedan dudas, además establece expresamente la ley Sinde:

La decisión (judicial) que se adopte únicamente podrá autorizar o denegar la ejecución de la medida, de nuevo, por motivos de forma, no de fondo, por ser esa la naturaleza de la "resolución de la sección segunda".

2.- La Ley Sinde obliga a identificar a prestadores de servicios vulnerando los arts. 53.1 y 81.1CE. No es Ley Orgánica, no puede limitar derechos fundamentales.

Ahora además han incluido un juez que ejerce de "mensajero" en las labores de identificación de los titulares de las páginas web que sean "susceptibles de causar un daño patrimonial" en materia de derechos de autor (valoración esta que, insisto, no hace un juez, sino un órgano administrativo), a requerimiento según parece de la primera o segunda sección.

La Comisión de Protección de Datos en Andalucía de ANDCE (Asociación Andaluza de Comercio Electrónico) en colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz y la Asociación de Abogados Especialistas en Nuevas Tecnologías de Andalucía han celebrado hoy el curso “Implantación LOPD de Abogados”, con el objetivo de especializar en materia de protección de datos a todos los abogados gaditanos para que adquieran las claves sobre cómo implantar la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal en sus despachos. 

Los últimos datos presentados por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su última Memoria Anual del 2009, sitúan a Cádiz como la tercera provincia andaluza en cuanto a denuncias recibidas por la AEPD, con un 13,89% del total de las 504 procedentes de las ocho provincias andaluzas. Por delante se sitúan Sevilla (26,39%) y Málaga (19,64%). El resto se reparte entre Granada (13,69%), Almería y Jaén cada una (7,37%), Córdoba (7,14 %), y Huelva (4,56%). A nivel regional, Andalucía tiene el 12,37% de las denuncias nacionales, respecto al 10,6% que tenía en el año 2008. Los principales motivos de reclamación estuvieron relacionados con el uso de las redes sociales en Internet, la videovigilancia y con la inclusión indebida de datos en listas de morosos. 

El Presidente de la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico y miembro de la Comisión de la Protección de Datos en Andalucía, Pedro Rodríguez López de Lemus ha manifestado durante el desarrollo del curso sobre implantación de LOPD de abogados de Cádiz que “Es muy importante que los abogados estén al día en esta materia, tanto para proteger la información de sus clientes, como para poderlos asesorar, ya que cada vez son más frecuentes las denuncias en este ámbito, debido a la concienciación que han adquirido los ciudadanos de los derechos que les asisten en la protección de su privacidad”.

Los centros sanitarios privados cumplen más la normativa que regula la protección de datos que los públicos, un incumplimiento que se produce mayoritariamente en la implantación de medidas de seguridad y su auditoría de seguridad jurídica, lo que implica la necesidad de mejorar buena parte de los sistemas de gestión que funcionan actualmente.

Esta situación es fruto del “Informe de Cumplimiento de la LOPD en Hospitales”, publicado por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el que se recogen los resultados y conclusiones de un análisis sobre el nivel de cumplimiento de las garantías de protección de datos en más de 600 centros hospitalarios públicos y privados de toda España.

Entre las principales conclusiones, este análisis destaca un mayor grado de cumplimiento de la normativa por parte de los centros sanitarios privados respecto a los centros públicos en la mayoría de conceptos clave analizados, como son inscripción de ficheros; inclusión de cláusulas informativas en los formularios de recogida de datos; disponibilidad de procedimientos para atender el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; y, en general, en la implantación de medidas de seguridad y su auditoría de seguridad periódica.